El presidente de la Comisión de Biodiversidad, Carlos Viteri Gualinga, en el marco del primer debate del proyecto de Código Orgánico del Ambiente, mocionó que se lo someta a consulta prelegislativa el cuerpo legal, tomando en cuenta que el artículo 57 de la Constitución, numeral 17 establece que las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo montubio y afroecuatoriano deben ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de los derechos colectivos.
Aseveró que además se debe considerar los artículos 5 y 6 del Convenio de la OIT sobre Pueblos Indígenas; el artículo 19 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
En este marco, dijo que existen temas que deben ser consultados a pueblos y nacionalidades en materia de derechos colectivos. Así, en el libro II existen temas referentes a la conservación de especies silvestres, derechos sobre recursos genéticos, servicios ambientales, régimen forestal, régimen de propiedad en áreas especiales para la conservación, subsistema comunitario, restricciones a la propiedad dentro del Patrimonio Forestal Nacional, expropiación y prohibición de invasiones, acceso a recursos genéticos, bioseguridad, conservación de especies silvestres.
El libro III sobre la gestión ambiental, regulación ambiental, reparación integral. Libro IV sobre el cambio climático y en el VI sobre incentivos ambientales.
La primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Rosana Alvarado, suspendió la sesión 350 del Pleno, a fin de retomarla próximamente y someter a votación la moción presentada por Carlos Viteri.
Asambleísta Nacional | Integrante de la Comisión De los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad | Miembro del Grupo Parlamentario de las Mujeres de la Asamblea Nacional |Visita mi perfil