Se retoma debate de la Ley de Cultura

Martes, 27 de septiembre del 2016 - 10:39 Imprimir

El proyecto de Ley de Culturas fuer remitido por el ejecutivo en septiembre de 2009, al que se sumaron cuatro proyectos más, unificándose y tramitándose como uno solo; en aquel año se encargó a una “Comisión Ocasional de Cultura” su tratamiento. El sustento para la creación de esta ley es un mandato constitucional contenido en la disposición transitoria primera, numeral 5 de la Constitución vigente. En diciembre del mismo año se realizó el primer debate de dicho proyecto en el pleno de la Asamblea Nacional, sesión en donde se decidió que se realizaría una consulta Prelegislativa sobre los siguientes temas: Conocimientos Colectivos, Tecnologías y Saberes Ancestrales, Participación y Representación en los organismos oficiales; y, Patrimonio Cultural e Histórico.
Dicha consulta se desarrolló en los meses siguientes, dando como resultado que en junio de 2010 se entregara el informe para segundo debate, sin embargo de lo cual, por las distintas agendas legislativas marcadas con leyes que se trabajaban paralelamente como la LOES, LOEI, entre otras y teniendo en cuenta que en aquel entonces no existía una mayoría oficialista y que la oposición intentaba sabotear todo intento de expedición de normas de iniciativa oficialista, se relegó la aprobación del informe.
Aparentemente, esta ley iba a ser expedida en los plazos establecidos, o al menos en un tiempo razonable; no obstante, han pasado varios años ya, lo cual convierte a esta ley en una deuda con los sectores vinculados a la cultura del país, que a su vez cierra el ciclo constituyente de Montecristi. Se debe rescatar la decisión y trabajo en el presente periodo legislativo (2013-2017) de los ministros de la rama en sus distintos momentos: Guillaume Long; Ana Rodríguez y el actual, Raúl Vallejo, quienes en conjunto con la presidenta de la Función Legislativa y la actual Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología han trabajado arduamente durante los últimos meses a fin de tener un texto íntegro y de calidad. Lo positivo de este gran aplazamiento, es el reconocer que los documentos que en los actuales momentos se trabajan y que finalmente se espera se conviertan en Ley de la República, regulan de manera mucho más amplia que los informes trabajados en años anteriores al Sistema Nacional de Cultura; reconoce mayores derechos y garantías para los sujetos regidos por esta norma; transversaliza en todo el texto a la Interculturalidad; se depuran ciertas normas que deben y de hecho están reconocidas en otros cuerpos legales (como el Código Ingenios), y crea una verdadera institucionalidad en torno al arte y la Cultura del país. Hoy se la denomina PROYECTO LEY DE CULTURA, en singular, el mismo que se espera sea aprobado en los próximos días en la Asamblea Nacional.
De la estructura del texto podemos mencionar que se establece al ya mencionado SISTEMA NACIONAL DE CULTURA como un “conjunto coordinado y correlacionado de normas, políticas, instrumentos, procesos, instituciones, entidades, organizaciones e individuos que participan en actividades culturales, creativas, artísticas y patrimoniales … para fortalecer la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios artísticos y culturales…” Esta premisa da cuenta de que se busca abarcar en un solo Sistema, a todos los actos e instituciones (públicos y privados) y personas vinculadas a actividades culturales, pero no con el ánimo de subsumir al control estatal total el ámbito de la cultura (como frecuentemente la oposición trata de posicionar con notada mala fe) sino más bien, de poder articular organizadamente la política pública para el beneficio de los actores de la cultura y quienes la disfrutan.
Cabe recalcar que a lo largo de la ley podemos encontrar 3 tipos de organismos y personas que forman parte del Sistema:
1.- Los directa y obligatoriamente vinculados al Sistema, cuya financiación la reciben directamente desde el Estado (organismos e instituciones de orden público).
2.- Los que reciben fondos públicos pero que, o tienen un régimen descentralizado como los GAD´S (de orden público), o aquellos que reciben fondos públicos pero cuya independencia es mayor a los mencionados en el primer punto, como la Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión” (de derecho público pero de orden privado).
3.- Los actores privados que se adhieran voluntariamente al sistema, como gestores culturales que se registran para ser adjudicatarios de fondos concursables, por ejemplo.
Uno de los mayores logros del texto actual del proyecto y del sistema como tal, será la democratización de la Cultura y la apertura de espacios para gestores privados; sin embargo en lo que refiere a lo último aún existen peticiones de ciertos actores que han hecho notar la falta de beneficios para los gestores que tienen iniciativas pequeñas que por lo general no se las da el impulso debido y más bien es a la grande industria cultural en donde se podrían llegar a focalizar los apoyos. Esperemos que a nivel de política pública dichas aspiraciones sean atendidas.
El Sistema Nacional de Cultura se divide en dos Subsistemas: 1) de Memoria Social, Patrimonio Cultural e Interculturalidad; y, 2) de Artes e Innovación. El primero, en general tiene como finalidades proteger, conservar y proponer regulaciones técnicas el patrimonio cultural la memoria social contenida en museos, bibliotecas y otros repositorios de carácter similar. En este Subsistema se encuentra entre otros el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, el que articulará con Universidades, Gad´s y otras instituciones y organismos la gestión del Patrimonio Cultural material e inmaterial del país, por ejemplo.
El segundo, busca proteger y promover la libre creación, la diversidad y la innovación en el desarrollo de las prácticas artísticas, culturales y creativas, a través de organismos creados por la ley y de otros existentes como la Compañía Nacional de Danza, Orquestas Sinfónicas, Instituto del Cine, etc. La Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión” (que es parte de los dos subsistemas), ha sido históricamente un espacio que ha suplido -por decirlo de alguna manera- la institucionalidad cultural en el país; con la Ley, ésta viene a ser parte y se articula al resto de instituciones del Sistema, lo que ayuda a que se optimicen gestiones y recursos; pero además, se establece una nueva estructura de la Casa, en donde podrán ser parte artistas y gestores que voluntariamente quieran participar en la misma, lo cual representa un avance importantísimo en la democratización de la toma de decisiones de aquella institución, que representa un ícono de la Cultura de Ecuador y en donde ahora podrá participar tanto aquellos connotados personajes, intelectuales y artistas de muchos años de experiencia, como también artistas que estén incorporándose de manera reciente al mundo de la Cultura, retroalimentando sus conocimientos y experiencias unos y otros.
Además, la ley establece un capítulo de fomento a las Artes, Cultura e Innovación, en donde se establecen instrumentos de apoyo como por ejemplo: la exoneración del IVA y del pago del anticipo de impuesto a la renta de emprendimientos en el área artística; además del imperativo de que los GAD´s promuevan el fortalecimiento de actividades culturales al menos en un 50% de lo recaudado el año anterior por concepto de espectáculos públicos; la diversificación de las fuentes de financiamiento de actividades culturales (a más del presupuesto General del Estado), entre otros elementos.
Finalmente, en lo referente al régimen laboral y Seguridad Social en el sector cultural, se hace mención a derechos absolutamente novedosos en el ámbito de la cultura y, aun cuando en el actual proyecto se encuentra tratado de manera bastante sucinta, es un paso trascendental que sea mandatorio contar con un régimen de seguridad social para quienes a lo largo de los años, antes de esta Ley, no tuvieron dicho reconocimiento, pues se concebía al artista como un sujeto con limitados derechos por no hacer un trabajo “productivo” o vinculado a la generación de plusvalía.
El arte es sustento de muchas familias en el país, pero en la historia no ha sido considerado como un trabajo, más bien se lo ha ubicado como un hobby o actividades complementarias de la vida del artista, pero la realidad es todo lo contrario, pues los artistas al verse limitados de poder vivir de su obra, han tenido que buscar otras actividades para sustentarse, por lo tanto la Ley de Cultura está llamada a deconstruir aquella valoración errónea del artista. Ahora se abre un abanico de derechos que garantizan que el arte y la cultura sean valoradas, con una institucionalidad firme. No se debe considerar a esta ley como el punto final sino más bien se debe pensar a este como el comienzo para que las actividades culturales nacionales sean respetadas y cada vez más reconocidas y consumidas, y para que la cultura del país se siga desarrollando, rompiendo esquemas impuestos desde otras latitudes y sea legado nacional para las futuras generaciones.

Diego Vintimilla
Asambleísta por Azuay Alianza PAIS

“Azuayo nacido en Cuenca. Ex presidente de la FEUE Democrática de la Universidad de Cuenca. 2010 – 2012. Miembro del Grupo Parlamentario por los Derechos de las Mujeres. Presidente de la Subcomisión de Evaluación a la LOES”

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