Marisol Peñafiel
Asambleísta por Imbabura Alianza PAIS

Marisol Peñafiel Montesdeoca, joven imbabureña; líder de juventudes, vinculada a la dirigencia de organismos estudiantiles, barriales, parroquiales y de mujeres; de la niñez y adolescencia; convencida en l..

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dic 21
2016
Comisión de Justicia resolvió veto a Ley Notarial; recomienda al Pleno allanarse

En la sesión 270, la Comisión de Justicia conoció y resolvió el veto parcial del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de reformas a la Ley Notarial.

El organismo, por unanimidad (8 votos a favor de 8 presentes), aprobó el correspondiente informe, no vinculante, mediante el cual recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional allanarse totalmente al veto, considerando que el argumento del mandatario es razonable.

Los parlamentarios Mauro Andino, Mariangel Muñoz, Miguel Ángel Moreta, Gina Godoy, Luis Fernando Torres, Blanca Bombón, Marisol Peñafiel y Christian Viteri se pronunciaron por la moción de allanamiento, formulada por Viteri.

De esta manera, el texto dispone que los notarios puedan autorizar las peticiones de disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad de bienes por mutuo acuerdo, además los divorcios por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, cuando no existan hijos menores de edad o bajo la dependencia de los requirentes.

Esas facultades también las ejercerá la Dirección General de Registro Civil, en cumplimiento del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Identidad y Datos Públicos, lo que fue la principal observación del Jefe de Estado.

MG/pv

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dic 21
2016
Comisión de Justicia resolvió veto a Ley Notarial; recomienda al Pleno allanarse

En la sesión 270, la Comisión de Justicia conoció y resolvió el veto parcial del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de reformas a la Ley Notarial.

El organismo, por unanimidad (8 votos a favor de 8 presentes), aprobó el correspondiente informe, no vinculante, mediante el cual recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional allanarse totalmente al veto, considerando que el argumento del mandatario es razonable.

Los parlamentarios Mauro Andino, Mariangel Muñoz, Miguel Ángel Moreta, Gina Godoy, Luis Fernando Torres, Blanca Bombón, Marisol Peñafiel y Christian Viteri se pronunciaron por la moción de allanamiento, formulada por Viteri.

De esta manera, el texto dispone que los notarios puedan autorizar las peticiones de disolución de la sociedad conyugal o de la sociedad de bienes por mutuo acuerdo, además los divorcios por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, cuando no existan hijos menores de edad o bajo la dependencia de los requirentes.

Esas facultades también las ejercerá la Dirección General de Registro Civil, en cumplimiento del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Identidad y Datos Públicos, lo que fue la principal observación del Jefe de Estado.

MG/pv

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dic 21
2016
En la Asamblea se realiza diálogo sobre Ley de Semillas. Identifican 87% de consenso

Representantes de organizaciones nacionales acudieron al Parlamento para participar en la mesa de diálogo nacional, como parte de la consulta prelegislativa del proyecto de Ley de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento Agroecológico. Con este evento cerramos el proceso de la consulta y la comisión se enfocará en la elaboración del informe para segundo debate en el Pleno, explicó el presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Miguel Carvajal.

Señaló que la construcción del texto les podría tomar todo enero y parte del mes de febrero. Dijo que es un período en el que toda sugerencia y precisión siempre será necesaria para construir una norma que contribuya a un desarrollo productivo democrático del país. Agradeció la participación de las organizaciones en la consulta prelegislativa en la que estuvieron más de 4.200 representantes. Aclaró que además se han incorporado actores de la academia, investigadores e instituciones públicas.

Carvajal aseguró que el proceso ha sido propositivo y enriquecedor, pero que el proyecto necesita precisiones, porque hay temas que han sido puntos de discusión, como la producción, circulación e intercambio de semillas nativas, que deben tener libertad para estos procesos. Manifestó que es necesaria la intervención del Estado, porque es responsabilidad de toda la sociedad de contribuir al rescate y la conservación de estas semillas. Sostuvo que en la ley debe precisarse que estas semillas son patrimonio de los pueblos ancestrales y que igual tratamiento debe realizarse con las semillas campesinas.

Estamos planteado que la introducción de semillas transgénicas y su cultivo tiene que ser considerado un delito grave de daño ambiental, enfatizó.

La discusión sobre la inclusión en el proyecto del tema de agroecología dijo que ha sido otro punto de debate, en donde han habido posiciones a favor y en contra. Creo que por consenso en la comisión consideramos que tiene que mantenerse los aspectos relacionados a buenos prácticas productivas, agroagricultura, la agricultura orgánica, entre otros mecanismos.

Resultados de la consulta

El vicepresidente de la Comisión, Mauricio Proaño, explicó los consensos y disensos identificados en las audiencias públicas provinciales. Discutir estos temas es el objetivo de la mesa nacional. La comisión recogerá los puntos de vista de los representantes de las organizaciones nacionales, agregó.

El asambleísta aseguró que a nivel nacional se identificó un 87% de consensos, un 6% de disensos y un 7% no se pronunció. Afirmó que los temas de la consulta tienen que ver con diálogo de saberes y conocimientos ancestrales; agrobiodiversidad y semillas; y, garantía de derechos y participación social, mismos que tienen que ver con derechos colectivos. Para este proceso se inscribieron 449 organizaciones locales, 43 provinciales y 11 nacionales, indicó.

En cuanto al tema de diálogo de saberes y conocimientos ancestrales entre los consensos, las organizaciones consideraron que es correcto que se asegure el acceso, el libre intercambio y comercialización de semilla nativa respetando el contexto cultural y los conocimientos ancestrales de las comunidades; que se garantice los derechos de propiedad de los conocimientos y saberes ancestrales en la conservación y producción de semilla nativa; que se fortalezcan los sistemas productivos tradicionales con la incorporación de nuevas innovaciones tecnológicas para mejorar la seguridad y soberanía alimentaria; y, que el proyecto se armonice con las normas legales ya dictadas.

En agrobiodiversidad y semillas dieron su visto bueno para que se garantizarse la conservación de la agrobiodiversidad y las semillas nativas, así como de semilla campesina, para este efecto es necesario contar con asistencia técnica del Estado; que se fomente la creación de toda forma de organización de semilleristas a nivel de las comunidades, organizaciones de productores, entre otras; y, que se apoye la generación de bancos comunitarios de semillas y su identificacion, con fines informativos a cargo de los productores y se apoye los procesos de capacitación y asistencia técnica para la conservación de los mismos, entre otros temas.

En el último punto, que tiene que ver con la garantía de derechos y participación social, en las provincias se pronunciaron a favor de garantizar los derechos de propiedad de los conocimientos y saberes ancestrales en la conservación y producción de semilla nativa y que se incentive la producción y comercialización local de semillas de calidad de acuerdo con cada tipo de semilla, que incluye políticas de apoyo y promoción, mejoramiento de semilla nativa, crédito, comercialización, difusión e información a los productores.

Mauricio Proaño informó que las audiencias públicas provinciales se efectuaron en las 24 provincias del país, con una amplia participación.

LILA

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dic 21
2016
Proyecto de Código del Ambiente fue enviado a la Presidencia de la República

La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, envió al Ejecutivo el proyecto de Código Orgánico del Ambiente, para la sanción u objeción respectiva, de coformidad con lo que establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

El envío se lo realizó en cumplimiento de los artículos 137 de la Constitución y 63 de la Ley de la Función Legislativa, según las cuales en el tiempo máximo de dos días hábiles luego de la aprobación del proyecto, la Presidenta de la Asamblea Nacional lo enviará al Presidente de la República para que lo sancione u objete de forma fundamentada en el plazo de 30 días.

A criterio del asambleísta Carlos Viteri, presidente de la Comisión de Biodiversidad, que sustanció el proyecto, la norma permitirá el cambio cultural para tener una relación más armónica, responsable y respetuosa con la naturaleza y el medio ambiente.

Se marca un hito importante porque se concluye un proceso de aproximadamente dos años donde los diversos sectores del país dieron sus aportes para la protección de nuestro ambiente, dijo.

Es un código integral que recoge temas de debate actual como el cambio climático; recursos marino costeros que es parte de la nueva agenda urbana; así como la participación ciudadana y de los gobiernos autónomos descentralizados para el cuidado de la naturaleza, más aún cuando Ecuador tiene una Constitución que es un referente internacional de legislación en materia ambiental, por el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos, enfatizó.

Indicó que en la propuesta también se incorporan aspectos sobre el bienestar animal, a fin de erradicar toda forma de violencia; además se actualiza la Ley Forestal y que para el cuidado del ambiente se establecen competencias claras para cada sector.

Así mismo, se determinan sanciones administrativas leves, graves y muy graves que junto a las penales que constan en el Código Integral Penal permitirán el cuidado de la naturaleza, más allá de los criterios técnicos la responsabilidad de la reparación integral tiene que cumplirse, dijo.

Cuando una norma instrumenta por primera vez la efectiva aplicación de los derechos de la naturaleza ganamos como sociedad, como país, porque significa cuidar y aprovechar, de la manera más responsable, toda esa maravillosa megadiversidad que tenemos, enfatizó, al señalar que se ha legislado para precautelar los beneficios ambientales para el planeta y los derechos ambientales de las futuras generaciones en todas las actividades que realicemos

En el tema de reparación ambiental, hemos dado saltos cualitativos, tenemos todo un libro de reparación integral de los daños ambientales, para lo que se ratificó el principio de subsidiaridad, en base al cual, si la persona que provocó el daño, por alguna razón no aparece, el Estado acude inmediato en forma subsidiaria para la reparación integral, pero “eso no quita la aplicación de las leyes que significa sancionar al infractor”.

PV

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dic 20
2016
Sesión No. 425 Primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para Evi

Este proyecto de ley que ha sido debatido y socializado por más de un año con la ciudadanía cuando la Función Ejecutiva propuso que se cumpla con el mandato constitucional sobre la responsabilidad social y ambiental de la propiedad privada.

También sobre la responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados para establecer mecanismos de eficiencia en su administración dentro de la planificación urbana y rural; y evitar que sus habitantes se vean afectados por los procesos de especulación del suelo.

Muchos esfuerzos legislativos se han dado en materia de ordenamiento territorial, en primer lugar el COOTAD y recientemente la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, uso y gestión del suelo con instancias de regulación y control, además con interés de establecer políticas nacionales y locales sobre el crecimiento de las ciudades y acceso a los servicios básicos.

Esta ley es una herramienta que se complementa con otras legislaciones para permitir que las familias ecuatorianas tengan acceso a una vivienda propia a través de precios justos, y que el mercado de precios se regule por una parte respetando el derecho a la propiedad privada y al usufructo justo como por otra parte el derecho que tenemos todos para ordenar nuestras finanzas ante el Estado y declarar lo que corresponde cuando hemos realizado mejoras a nuestras viviendas para que los municipios recauden lo suficiente para devolver a esos mismos ciudadanos en obras en sus propios barrios.

A diferencia de lo que se ha dicho de esta ley, esta reforma permite por un lado impuestos más justos para pagar tributos de manera técnica, ajustada a la realidad de los ciudadanos y sus esfuerzos por tener una casa y las mejoras que le ha hecho, por los años que ha vivido en ella; por otro lado impide que los especuladores fijen los precios de los mercados del suelo haciendo innaccesible la compra de tierras urbanas o en zonas de expansión.

Es un círculo virtuoso pues se paga lo justo, se promueve que las personas inviertan en sus propios hogares, se aliente la tributación del sector de la construcción de manera técnica, y con los ingresos a los gad municipales éstos tienen recursos para invertir en las ciudades para seguridad, transporte, vialidad, servicios públicos, cultura, ambiente, entre otros.

Quiero referirme en este informe a que la ganancia extraordinaria que está gravada a la venta de bienes inmuebles que nos queda clara como legisladores que no es a la primera venta, es decir a quienes adquirieron el bien antes de la vigencia de esta ley, sin embargo hago la propuesta al Pleno de la Asamblea Nacional y a la Comisión que se aplique de manera inmediata esta ley a las empresas de promoción inmobiliaria y constructoras de bienes inmuebles para su comercialización, pues estas empresas inciden de manera directa en la fijación de los precios en el mercado inmobiliario, y si estas se sujetan desde la vigencia de la ley tendremos mayor oportunidad que los precios sean accesibles a las familias de manera más rápida.

Otra observación que realizo a la Comisión es establecer un plazo para la actualización de los valores del suelo en predios urbanos, en tanto en esta ley le estamos dando al SRI la capacidad de establecer los valores del impuesto si el gad municipal no lo realiza. Ya el COOTAD le obliga a los gobiernos municipales a tener sistemas catastrales actualizados, sin embargo para esta ley específicamente debemos también darles un plazo para que cumplan con esta fundamental obligación y competencia. Considero que el esfuerzo del Estado con la información contenida en SIG Tierras puede ayudar a los municipios a que de manera técnica lo realice en el plazo máximo de dos años.

Finalmente Señora Presidenta y Señores Asambleístas quiero hacer notar a la comisión que si esta ley no rige a la sucesión por causa de muerte, sugiero que se elimine del artículo 4 de este proyecto en el agregado 561.3 de los sujetos pasivos a las sucesiones indivisas.

Este proyecto de ley que ha sido debatido y socializado por más de un año con la ciudadanía cuando la Función Ejecutiva propuso que se cumpla con el mandato constitucional sobre la responsabilidad social y ambiental de la propiedad privada.

También sobre la responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados para establecer mecanismos de eficiencia en su administración dentro de la planificación urbana y rural; y evitar que sus habitantes se vean afectados por los procesos de especulación del suelo.

Muchos esfuerzos legislativos se han dado en materia de ordenamiento territorial, en primer lugar el COOTAD y recientemente la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, uso y gestión del suelo con instancias de regulación y control, además con interés de establecer políticas nacionales y locales sobre el crecimiento de las ciudades y acceso a los servicios básicos.

Esta ley es una herramienta que se complementa con otras legislaciones para permitir que las familias ecuatorianas tengan acceso a una vivienda propia a través de precios justos, y que el mercado de precios se regule por una parte respetando el derecho a la propiedad privada y al usufructo justo como por otra parte el derecho que tenemos todos para ordenar nuestras finanzas ante el Estado y declarar lo que corresponde cuando hemos realizado mejoras a nuestras viviendas para que los municipios recauden lo suficiente para devolver a esos mismos ciudadanos en obras en sus propios barrios.

A diferencia de lo que se ha dicho de esta ley, esta reforma permite por un lado impuestos más justos para pagar tributos de manera técnica, ajustada a la realidad de los ciudadanos y sus esfuerzos por tener una casa y las mejoras que le ha hecho, por los años que ha vivido en ella; por otro lado impide que los especuladores fijen los precios de los mercados del suelo haciendo innaccesible la compra de tierras urbanas o en zonas de expansión.

Es un círculo virtuoso pues se paga lo justo, se promueve que las personas inviertan en sus propios hogares, se aliente la tributación del sector de la construcción de manera técnica, y con los ingresos a los gad municipales éstos tienen recursos para invertir en las ciudades para seguridad, transporte, vialidad, servicios públicos, cultura, ambiente, entre otros.

Quiero referirme en este informe a que la ganancia extraordinaria que está gravada a la venta de bienes inmuebles que nos queda clara como legisladores que no es a la primera venta, es decir a quienes adquirieron el bien antes de la vigencia de esta ley, sin embargo hago la propuesta al Pleno de la Asamblea Nacional y a la Comisión que se aplique de manera inmediata esta ley a las empresas de promoción inmobiliaria y constructoras de bienes inmuebles para su comercialización, pues estas empresas inciden de manera directa en la fijación de los precios en el mercado inmobiliario, y si estas se sujetan desde la vigencia de la ley tendremos mayor oportunidad que los precios sean accesibles a las familias de manera más rápida.

Otra observación que realizo a la Comisión es establecer un plazo para la actualización de los valores del suelo en predios urbanos, en tanto en esta ley le estamos dando al SRI la capacidad de establecer los valores del impuesto si el gad municipal no lo realiza. Ya el COOTAD le obliga a los gobiernos municipales a tener sistemas catastrales actualizados, sin embargo para esta ley específicamente debemos también darles un plazo para que cumplan con esta fundamental obligación y competencia. Considero que el esfuerzo del Estado con la información contenida en SIG Tierras puede ayudar a los municipios a que de manera técnica lo realice en el plazo máximo de dos años.

Finalmente Señora Presidenta y Señores Asambleístas quiero hacer notar a la comisión que si esta ley no rige a la sucesión por causa de muerte, sugiero que se elimine del artículo 4 de este proyecto en el agregado 561.3 de los sujetos pasivos a las sucesiones indivisas.

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dic 20
2016
Pasó primer debate de Ley para evitar especulación del suelo

Luego de seis horas consecutivas de debate, puntos como la regulación del suelo y la situación de las personas que no pueden acceder a una vivienda por los altos costos, se analizaron dentro del primer debate del proyecto de Ley para Evitar la Especulación sobre el Valor del Suelo y Fijación de Tributos, en donde se aclaró que se trata de pensar en función de las mayorías. “No podemos poner en el mismo saco a la vivienda y a una mercancía común y corriente”, dijo Richard Calderón, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos.

La asambleísta Rosa Elvira Muñoz pidió que dentro de la ley no se hagan excepciones para los empresarios inmobiliarios, pues aseguró que en esos sectores está la especulación. Además, solicitó que se aumente a 60 salarios la franja exenta de la que habla la normativa. “Si queremos tener una norma que de verdad evite la especulación y sea para las mayorías, es necesario regular esos temas”, aseguró.

Para el asambleísta Fernando Bustamante, este proyecto tiene tres propósitos: combatir las ganancias ilegítimas, lograr que el Estado recupere parte de las inversiones realizadas y el tema de la inversión minera. Sin embargo, afirmó que se trata de convertir en ilegal a las ganancias legítimas. “Hay un problema en el cálculo de la ganancia extraordinaria, pues lo que nos dice es que no puede existir una ganancia”, comentó.

No es una ley confiscatoria

Miguel Carvajal hizo notar que no se trata de confiscar los bienes, sino de regular la especulación del suelo y analizar la situación de las personas que no tienen vivienda. “Hay que hacer un esfuerzo para mirar no solo desde el capital, sino sobre la problemática de la falta de acceso a vivienda de más de 600 mil familias que no tienen vivienda y hay que garantizarles ese derecho”, dijo. Además pidió que se analice la posibilidad de exonerar a las tierras rurales productivas, pues cuando esos predios pasan a ser urbanos ya están regulados en otras normativas.

Moisés Tacle sostuvo que si se produce una especulación inmobiliaria lo más lógico sería que se grave en la primera venta. “En el objetivo todos coincidimos, pero tal como está la ley no se aclara nada. Debe hacerse de manera técnica, porque se afecta a gente que no tiene nada que ver en el tema de la especulación”, añadió.

La asambleísta, Marisol Peñafiel manifestó que la normativa adecua legal y formalmente lo que establece la Constitución de la República. Dijo que las personas tienen derecho al disfrute de los beneficios de la ciudad y los espacios públicos y descartó que el impuesto sea recaudatorio.

Richard Calderón aseguró que se recogerán todas las observaciones para sistematizarlas en el informe que se presentará al Pleno de la Asamblea para el segundo debate.

MC/pv

 

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dic 20
2016
Pasó primer debate de Ley para evitar especulación del suelo

Luego de seis horas consecutivas de debate, puntos como la regulación del suelo y la situación de las personas que no pueden acceder a una vivienda por los altos costos, se analizaron dentro del primer debate del proyecto de Ley para Evitar la Especulación sobre el Valor del Suelo y Fijación de Tributos, en donde se aclaró que se trata de pensar en función de las mayorías. “No podemos poner en el mismo saco a la vivienda y a una mercancía común y corriente”, dijo Richard Calderón, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos.

La asambleísta Rosa Elvira Muñoz pidió que dentro de la ley no se hagan excepciones para los empresarios inmobiliarios, pues aseguró que en esos sectores está la especulación. Además, solicitó que se aumente a 60 salarios la franja exenta de la que habla la normativa. “Si queremos tener una norma que de verdad evite la especulación y sea para las mayorías, es necesario regular esos temas”, aseguró.

Para el asambleísta Fernando Bustamante, este proyecto tiene tres propósitos: combatir las ganancias ilegítimas, lograr que el Estado recupere parte de las inversiones realizadas y el tema de la inversión minera. Sin embargo, afirmó que se trata de convertir en ilegal a las ganancias legítimas. “Hay un problema en el cálculo de la ganancia extraordinaria, pues lo que nos dice es que no puede existir una ganancia”, comentó.

No es una ley confiscatoria

Miguel Carvajal hizo notar que no se trata de confiscar los bienes, sino de regular la especulación del suelo y analizar la situación de las personas que no tienen vivienda. “Hay que hacer un esfuerzo para mirar no solo desde el capital, sino sobre la problemática de la falta de acceso a vivienda de más de 600 mil familias que no tienen vivienda y hay que garantizarles ese derecho”, dijo. Además pidió que se analice la posibilidad de exonerar a las tierras rurales productivas, pues cuando esos predios pasan a ser urbanos ya están regulados en otras normativas.

Moisés Tacle sostuvo que si se produce una especulación inmobiliaria lo más lógico sería que se grave en la primera venta. “En el objetivo todos coincidimos, pero tal como está la ley no se aclara nada. Debe hacerse de manera técnica, porque se afecta a gente que no tiene nada que ver en el tema de la especulación”, añadió.

La asambleísta, Marisol Peñafiel manifestó que la normativa adecua legal y formalmente lo que establece la Constitución de la República. Dijo que las personas tienen derecho al disfrute de los beneficios de la ciudad y los espacios públicos y descartó que el impuesto sea recaudatorio.

Richard Calderón aseguró que se recogerán todas las observaciones para sistematizarlas en el informe que se presentará al Pleno de la Asamblea para el segundo debate.

MC/pv

 

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dic 20
2016
Primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierra

Intervención en el Primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos (Urgente en materia económica

Este proyecto de ley que ha sido debatido y socializado por más de un año con la ciudadanía cuando la Función Ejecutiva propuso que se cumpla con el mandato constitucional sobre la responsabilidad social y ambiental de la propiedad privada.

También sobre la responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados para establecer mecanismos de eficiencia en su administración dentro de la planificación urbana y rural; y evitar que sus habitantes se vean afectados por los procesos de especulación del suelo.

Muchos esfuerzos legislativos se han dado en materia de ordenamiento territorial, en primer lugar el COOTAD y recientemente la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, uso y gestión del suelo con instancias de regulación y control, además con interés de establecer políticas nacionales y locales sobre el crecimiento de las ciudades y acceso a los servicios básicos.

Esta ley es una herramienta que se complementa con otras legislaciones para permitir que las familias ecuatorianas tengan acceso a una vivienda propia a través de precios justos, y que el mercado de precios se regule por una parte respetando el derecho a la propiedad privada y al usufructo justo como por otra parte el derecho que tenemos todos para ordenar nuestras finanzas ante el Estado y declarar lo que corresponde cuando hemos realizado mejoras a nuestras viviendas para que los municipios recauden lo suficiente para devolver a esos mismos ciudadanos en obras en sus propios barrios.

A diferencia de lo que se ha dicho de esta ley, esta reforma permite por un lado impuestos más justos para pagar tributos de manera técnica, ajustada a la realidad de los ciudadanos y sus esfuerzos por tener una casa y las mejoras que le ha hecho, por los años que ha vivido en ella; por otro lado impide que los especuladores fijen los precios de los mercados del suelo haciendo innaccesible la compra de tierras urbanas o en zonas de expansión.

Es un círculo virtuoso pues se paga lo justo, se promueve que las personas inviertan en sus propios hogares, se aliente la tributación del sector de la construcción de manera técnica, y con los ingresos a los gad municipales éstos tienen recursos para invertir en las ciudades para seguridad, transporte, vialidad, servicios públicos, cultura, ambiente, entre otros.

Quiero referirme en este informe a que la ganancia extraordinaria que está gravada a la venta de bienes inmuebles que nos queda clara como legisladores que no es a la primera venta, es decir a quienes adquirieron el bien antes de la vigencia de esta ley, sin embargo hago la propuesta al Pleno de la Asamblea Nacional y a la Comisión que se aplique de manera inmediata esta ley a las empresas de promoción inmobiliaria y constructoras de bienes inmuebles para su comercialización, pues estas empresas inciden de manera directa en la fijación de los precios en el mercado inmobiliario, y si estas se sujetan desde la vigencia de la ley tendremos mayor oportunidad que los precios sean accesibles a las familias de manera más rápida.

Otra observación que realizo a la Comisión es establecer un plazo para la actualización de los valores del suelo en predios urbanos, en tanto en esta ley le estamos dando al SRI la capacidad de establecer los valores del impuesto si el gad municipal no lo realiza. Ya el COOTAD le obliga a los gobiernos municipales a tener sistemas catastrales actualizados, sin embargo para esta ley específicamente debemos también darles un plazo para que cumplan con esta fundamental obligación y competencia. Considero que el esfuerzo del Estado con la información contenida en SIG Tierras puede ayudar a los municipios a que de manera técnica lo realice en el plazo máximo de dos años.

Finalmente Señora Presidenta y Señores Asambleístas quiero hacer notar a la comisión que si esta ley no rige a la sucesión por causa de muerte, sugiero que se elimine del artículo 4 de este proyecto en el agregado 561.3 de los sujetos pasivos a las sucesiones indivisas.

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dic 20
2016
Ecuador ya tiene un Código del Ambiente

Esta mañana, en el Pleno de la Asamblea Nacional, se aprobó el proyecto de Código Orgánico del Ambiente, que según explicó el asambleísta Carlos Viteri, tiene aportes importantes y observaciones que se sintetizaron en el ejercicio parlamentario, pues están conscientes que se trata de una normativa de enorme trascendencia de sensibilidad social.

Dentro de las modificaciones hechas al texto del código se amplió el alcance del principio de in dubio pro natura, que es un principio de precaución a favor de los recursos naturales. Además existen mejoras en lo que tiene que ver con el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, para prevenir, reparar y sancionar la contaminación y los daños ambientales. También se incorporó la facultad de la Autoridad Nacional Ambiental para redelimitar o cambiar la categoría de las áreas protegidas, cuando no cumplen sus funciones biológicas y ambientales.

Otros cambios

En el libro dos, se ratifica de forma íntegra el mandato popular de la consulta de 2011 sobre los espectáculos públicos con animales y se reafirma que la regulación final les corresponde a los municipios. También se prohíbe la cacería deportiva y se dispone la obligación de regulación por parte de los gobiernos autónomos descentralizados a la pelea de gallos, rodeo montubio y toros de pueblo.

En otro punto se reconoce la participación estratégica de los recicladores para el manejo de residuos sólidos en las ciudades y con ello se reivindica su labor. También se hace relevancia a la importancia de contar con incentivos ambientales que contribuyan a mejorar nuestras prácticas y hábitos. El código incorpora un sistema innovador para la aplicación de sanciones, bajo parámetros técnicos y adhiere  la educación ambiental en todos los niveles del sistema educativo.

El segundo inciso del artículo 296, que tiene que ver con la aprobación de las medidas de reparación, en la última parte se señala que el proceso judicial se archivará si se comprueba que se remedió el daño ambiental.

“Este código será una herramienta para ejercer derechos y una efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental. Con los aportes de los asambleístas se incorporan temas del debate diario en el mundo entero sobre el futuro del planeta”, dijo Carlos Viteri.

MC/pv

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