Asambleísta Fajardo interviene en continuación de sesión 308 respecto a justicia laboral

Miércoles, 07 de enero del 2015 - 17:43 Imprimir

Nuestra asambleísta por la provincia de Santa Elena, ingeniera Vanessa Fajardo Mosquera intervino ayer, martes 6 de enero de 2015, en el primer debate del proyecto de Ley para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.

En su intervención nuestra ingeniera manifestó que: "Este proyecto no es demagogia como muchos quieren hacerlo creer, sino es el anhelo de alcanzar una sociedad más justa y equitativa". Al tiempo que añadió que: "No podemos permitir que esta Ley contenga zonas grises, de las cuales malos empleadores se puedan acoger".

Dentro de su intervención, nuestra asambleísta por Santa Elena expuso cuatro objeciones al proyecto de Ley.

A continuación lea su intervención:

Gracias por permitirme hacer uso de la palabra señora Presidenta. Compañeras y compañeros antes de proceder con mi intervención quiero aprovechar esta primera sesión del año para desearles a todas y todos los ecuatorianos un Feliz 2015. Que este año sea de emprendimientos, superación constante y logros alcanzados; tengan la confianza que desde esta Asamblea Nacional seguiremos construyendo las leyes para alcanzar el buen vivir que cada uno ustedes merecen.

Precisamente con ese compromiso constante de luchar para reivindicar a nuestros trabajadores, a nuestras amas de casa y a cada uno de esos sectores que por décadas fueron excluidos hoy debatimos este proyecto que no es demagogia como muchos quieren hacer creer; sino el anhelo de alcanzar una sociedad más justa y equitativa, garantizando el derecho a la estabilidad laboral que merecen los trabajadores, alcanzando una justicia social que muchos han soñado, a través de la modernización de un sistema salarial que por décadas respondía unicamente a interés empresariales, pero no es solo eso sino también; es pretender democratizar la representación laboral que ha estado secuestrada por unos cuantos pero sobretodo es buscar la universalización de la seguridad social tal como lo establece la constitución.

Pero si a alguien aún le queda la duda de que este Gobierno es pro trabajador y que ha sido uno de los que más ha luchado por proteger los derechos de los trabajadores solo basta recordarles algunas metas alcanzadas y que se han convertido en verdaderos hitos de transformación social en Latinoamérica:

- Incluimos laboralmente a las personas con discapacidad dándoles oportunidades y seguridad social;

- Eliminamos la tercerización laboral acabando con décadas de injusticia, hemos establecido un salario justo y equitativo;

- En el 2007 el salario era de 170 dólares hoy de 354, e instauramos la obligatoriedad de la Afiliación para todos las trabajadores;

- A través de los CIBV brindamos tranquilidad a los trabajadores en el cuidado de sus hijos;

- Le devolvimos la dignidad a las empleadas domésticas, ahora perciben la misma remuneración y beneficios de los demás trabajadores, y;

- Así mismo ahora la educación y salud son gratuitas para que el salario del trabajador rinda más.

Esto por mencionar solo algunos de los logros; pero la historia hablará por si sola. 

Ahora sí centrándonos en lo que es éste proyecto que consta de 44 artículos, de los cuales 41 son reformas al Código del Trabajo y 3 a la Ley de Seguridad Social quiero hacer las respectivas observaciones en algunos artículos:

El Artículo 10 que busca sustituir el artículo 100 del Código del Trabajo establece en su segundo inciso: “El valor de las utilidades generadas por personas naturales obligadas a llevar contabilidad o persona jurídica usuaria a que tengan derecho las personas trabajadoras de la empresa de actividades complementarias, serán entregadas en su totalidad a esta última, a fin de que sean repartidas entre todos sus trabajadores, y de acuerdo a su tiempo de servicio en la empresa de actividades complementarias, dentro del ejercicio fiscal durante el cual se generaron dichas utilidades”, considero oportuno que se  mejore la redacción ya que de la manera que se encuentra redactado se entendería que la empresa usuaria debe entregar los valores a la empresa complementaria para que esta última reparta entre todos sus trabajadores las utilidades generadas; cuando en realidad los que tienen derechos de participar de estas utilidades son aquellos trabajadores que prestaron sus servicios a las empresas usuarias.... En caso que sea de la forma que sugiere la redacción de la comisión iría en clara contraposición de lo que establece el espíritu del artículo 4 del mandato 8.  Una vez que sea revisado el tema también resalto incorporar que el trabajador percibirá únicamente los rubros de la empresa que registre mayor utilidad, tal como consta en el artículo y mandato constituyente antes mencionado.

Así mismo en el Artículo 14 cuando se menciona que “....el empleador deberá publicar por la prensa la nómina de las personas trabajadoras o ex trabajadoras beneficiarios de las utilidades y los montos que le corresponden dentro de los treinta días siguientes a la fecha que debió efectuarse el pago” tengo dos objeciones:  la primera: es que si es trabajador de la empresa debió habersele cancelado las utilidades dentro de la fecha y tramite correspondiente como trabajador activo por lo que se debería eliminar la frase “personas trabajadoras” y; segundo: creo que por un principio de confidencialidad no se debería publicar los valores que por concepto de utilidad tendrían que recibir.

También quiero hacer notar que si dentro del proyecto se busca eliminar el desahucio como herramienta del empleador para dar por terminada la relación laboral, lo cual va en armonía con garantizar la estabilidad de los trabajadores, soy del criterio que se debe eliminar el numeral 2 del artículo 169 que indica “Las Causas para la terminación del contrato individual son entre otras: Por voluntad de las partes”.  Ésta forma de terminación se ha prestado para que algunos empleadores abusen de los trabajadores:  La manera más común “la famosa renuncia que hacen firmar a lo empleados al momento de suscribir los contratos” y que ahora que se garantizará un contrato indefinido sin duda alguna esta argucia será utilizada por muchos malos empresarios que aún no comprenden que vivimos en un cambio de época.  Compañeros si queremos terminar con este tipo de abusos deberíamos de cortar de raíz esa posibilidad estableciendo que la única forma para terminar el contrato sea mediante el desahucio propuesto por el trabajador tal como lo estamos debatiendo.

No podemos permitir que esta ley contenga zonas grises de las cuales malos empleadores se puedan acoger, tal como la que señale anteriormente, hay que cuidar la redacción pero sobretodo los alcances  de la norma. 

Para citar otro ejemplo de lo que digo y que hay que tener en cuenta: “El artículo 26 del proyecto que contiene la prohibición de despido y declaratoria ineficaz, si bien es cierto que nos establece el concepto de esta figura, el tramite de la acción y los efectos de la misma.  Aún deja un vacío.  Y hago la pregunta al pleno: ¿Qué pasa cuando el empleador valiéndose de su condición someta a presiones, hostigamiento o acoso a los trabajadores con la finalidad que estos últimos presenten el desahucio? Y esto compañeros y compañeras es más común de lo que muchos creerían, pues a diario recibimos testimonios de trabajadores acosados laboralmente, pero que acuden ante los juzgados o dependencias del Ministerio de Relaciones laborales y no consiguen impulsar el tramite por falta de norma clara en esta materia. 

Por lo consecuente creo conveniente a más de garantizar la estabilidad laboral también debemos ir sentando las bases para que a través de esta reforma se otorguen herramientas a las autoridades competentes para que puedan tomar las acciones necesarias con la finalidad de precautelar estos posibles abusos y buscar una garantía eficiente a fin que nuestros trabajadores no se puedan ver afectados con hostigamiento o acoso laboral.

Pero alguien en su sano juicio podría oponerse a este proyecto que no solo busca darle un giro a las condiciones de trabajo en relación de dependencia, sino que busca ser consecuente con las personas que a lo largo de la historia han sido la base de las sociedades como son las amas de casa, Sí esas personas que su trabajo y aporte a la sociedad ha sido minimizado por quienes siempre pensaron que el único trabajo a ser considerado es aquel donde existe una contraprestación monetaria.

Por eso las personas que realicen trabajo no remunerado del hogar estará protegida contra las contingencias de vejez, muerte e invalidez que produzca la incapacidad permanente total y absoluta, y así mismo se da la oportunidad que se pueda aportar de forma voluntaria para la cobertura de la contingencia de cesantía; sin duda todos estos avances buscan construir un sistema económico más justo, democrático productivo, solidario pero sobretodo sostenible siempre basados en una distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo en la generación de trabajo digno y estable.

Quiero concluir mi intervención expresando que el pueblo ecuatoriano deberá identificar cuales de sus representantes son los que votarán por los trabajadores y quienes seguirán apoyando a ese viejo modelo que respondió y sigue respondiendo a intereses corporativos y empresariales.  Porque no basta unicamente con dar pasos sino dejar huellas.  

Muchas gracias señora presidenta y compañeros haré llegar el resto de aportes por escrito.

Vanessa Fajardo
Asambleísta por Santa Elena Alianza PAIS

Asambleísta Reelecta por la Provincia de Santa Elena, Miembro de la Comisión de Fiscalización y Control Político y Miembro de la Comisión de Régimen Económico y Tributario y su regulación y Control...

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