Miguel Ángel Moreta presentó observaciones a Código Monetario para evitar inseguridad jurídica

Viernes, 25 de julio del 2014 - 09:29 Imprimir

El asambleísta Miguel Ángel Moreta presentó varias observaciones al Código Orgánico Monetario y Financiero, ante Fernando Larriva, presidente de la  Comisión de Régimen Económico y Tributario  que presentó la propuesta ante el pleno Legislativo, y que fue debatido y aprobado como materia económica urgente.

Entre las observaciones presentadas por el legislador representante de Santo Domingo de los Tsáchilas, se resaltan artículos como la conformación de la Junta de Política de Regulación Monetaria y Financiera (art. 13) que será creada por el Ejecutivo y sus miembros serán ministros de las carteras competentes, ante este artículo Moreta indica que al crear este ente con funcionarios públicos dependientes del presidente de la República de turno se crea una instancia política y técnica “lo que implica un riesgo para el normal desenvolvimiento de las actividades financieras del país”.

En el art. 14 numeral 30 se establece que las funciones de la Junta serán “regular los niveles máximos de remuneración y otros beneficios económicos, sociales y compensaciones de los administradores de las entidades financieras (…)”, el asambleísta observa lo siguiente: estar de acuerdo  al control de entidades financieras públicas, pero en entidades privadas “es un despropósito, ya que se está legislando sobre actividades privadas en las cuales el Estado no tiene injerencia”.

El Legislador también propone en el art. 148 agregar un inciso en el que se prohíba al Gobierno Central hacer uso de los fondos de los afiliados y jubilados generados por concepto de aportes en seguridad social.

Sobre la creación de las entidades del sector público financiero se indica en el art. 362 que se lo realizara mediante decreto ejecutivo la observación hecha sostiene “esta facultad entregada al Gobierno es excesivamente agravante de que cuando otros gobernantes tomen  el poder crearan a su antojo entidades del sector financiero público”, lo mismo señala el Legislador en el art. 365 en el que se indica que el Presidente mediante decreto por razones de interés público podrá disponer el cierre de las entidades “este artículo no dice los fundamentos ni motivaciones (…) tan solo las razones de interés público”.

En la disposición general se detalla sobre la Retención temporal de depósitos e inversiones en la que dispone que el Controlador General del Estado, Procurador y Fiscal General de manera excepcional por presunción de actos ilegales y de forma motivada e individual podrán ordenar la retención temporal” ante ello Miguel Ángel Moreta señala que los tres funcionarios no tienen competencia para ordenar retenciones temporales, esta competencia mantienen los jueces y juezas de la Función Judicial.

En total fueron 9 observaciones presentadas por Miguel Ángel Moreta, y en su escrito presentado ante la comisión indicó que este Código una vez que entre en vigencia va a generar en el país mayor inestabilidad jurídica y va alejar  la inversión extranjera que es necesaria para el desarrollo del Ecuador.

Miguel Moreta
Asambleísta por Santo Domingo de los Tsáchilas Bancada del Acuerdo Nacional (BAN)

ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TŚACHILAS, ELECTO EN EL PERIODO 2013-2017, INTEGRANTE DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y ESTRUCTURA DEL ESTADO MILITANTE CREO-ID..

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