Reformas a Ley de Educación Intercultural: Comisión 9 recomienda allanarse al veto

Jueves, 30 de julio del 2015 - 13:29 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Reformas a Ley de Educación Intercultural: Comisión 9 recomienda allanarse al veto

La Comisión de Educación, en su informe no vinculante, recomendó allanarse al veto parcial del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Los asambleístas consideraron que las recomendaciones del Ejecutivo aclaran el texto aprobado por la Asamblea Nacional, el 23 y 30 de junio de este año.

Uno de los temas que generó mayor discusión fue el relacionado con el artículo 8. Se refiere a la jornada ordinaria semanal de 40 horas para el personal docente. El documento del legislativo establece que los maestros deben cumplir seis horas diarias, de lunes a viernes, y que el tiempo restante lo pueden ocupar dentro o fuera de la institución para varias actividades como actualización y capacitación, entre otras.

El presidente Correa recomendó que, por necesidades del sistema educativo, las seis horas diarias puedan incrementarse hasta llegar a ocho, por requerimientos de la máxima autoridad del plantel. Sin embargo, ese cumplimiento deberá tener el aval del Nivel Zonal Intercultural y Bilingüe.

El asambleísta Armando Aguilar explicó que las instituciones educativas, en algunos casos, sí requieren la presencia del maestro por más de seis horas. Puso como ejemplo la preparación que requieren los equipos deportivos, para competencias; grupos multidisciplinarios, para casas abiertas, exposiciones o concursos; grupos musicales o de danza, para fiestas patronales o de aniversario; así como otros eventos que requieren de una preparación extra. Para ello, la máxima autoridad deberá presentar una planificación anual.

Así mismo, el apartado que determina que la Autoridad Educativa Nacional, es decir, el Ministro de Educación, autorizará a las instituciones educativas particulares el incremento en pensiones y matrículas, si en su justificación contempla el aumento salarial para sus docentes y otros factores que contribuyan al mejoramiento de la calidad de educación, también generó extenso debate en la comisión.

El Ejecutivo cree que ese planteamiento es desafortunado porque no respeta la libertad de los establecimientos educativos, respecto de los incrementos de dicha remuneración. El veto explica que los maestros son contratados bajo las normativas del Código del Trabajo, en el  que prima la autonomía de la voluntad de las partes en cuanto al tema salarial.

La propuesta presidencial considera que el proyecto en vez pretender que el Estado interfiera en asuntos que carece de competencia, busque los mecanismos idóneos y eficaces para garantizar que los maestros perciban una remuneración no menor al salario básico unificado, según la ley.

Diego Vintimilla, representante de Azuay y ex dirigente estudiantil, dijo que este tema merece un debate más amplio en el Pleno, porque fuera de la  relación entre el incremento de pensiones, salarios y mejoramiento de la calidad educativa, solo queda el lucro. En consonancia con la Constitución no se puede permitir que una institución eleve las pensiones a cuenta de nada, mencionó.

Sobre el artículo 6, referente a las nuevas categorías del escalafón para la carrera docente y los ascensos, el Ejecutivo plantea una flexibilización normativa, que permita mutar cuando las circunstancias que le sirvieron de fundamento también varíen. Así, recomienda que la regulación de ingreso, permanencia y ascenso en las diferentes categorías se establezcan en el Reglamento General de esta Ley.

Los otros temas en los que el presidente Correa considera necesario precisar son los que tienen que ver con la forma en que se impugnarían los actos administrativos, así como con la distribución de textos, cuadernos y ediciones de material educativo, uniformes y alimentación escolar gratuita, que estarán bajo la responsabilidad y garantía de la Autoridad Educativa Nacional. Esta misma institución también dictará la política de cuidados y actualización de los bienes didácticos.

LM/pv

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