Presentan propuestas sobre derechos laborales, Defensoría del Pueblo y postulación

Jueves, 19 de noviembre del 2015 - 15:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Por el lapso de tres horas la Comisión de Enmienda Constitucional sesionó con la finalidad de debatir el contenido de las 16 propuestas de enmienda. En el debate se presentaron planteamientos en materia de derechos laborales, la descentralización territorial de la Defensoría del Pueblo y la Transitoria que dispone que el cambio sobre la postulación para la reelección entre en vigencia el 24 de mayo de 2017.

Transitoria

La vicepresidenta de la Comisión de Enmienda, Verónica Arias, planteó la incorporación de una propuesta alternativa a la enmienda de los artículos 114 y 144, tomando en cuenta que quienes ejercen en este momento el poder constituyente derivado puede realizar ajustes al dictamen de la Corte Constitucional, pues no se puede limitar este ejercicio.

En este marco, planteó que el artículo 114 determine que las autoridades de elección popular podrán postularse para reelegirse, quienes se postulen para un cargo diferente deberán renunciar al que desempeñan y que el 144 establezca que la Presidenta/e de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá postularse para ser reelecto.

La segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional y vocal de la Comisión de Enmienda, Marcela Aguiñaga, al reiterar que la Legislatura tiene la facultad para llevar adelante este proceso y por tanto está facultada para mejorar los textos, aclaró que esta enmienda no ataca la democracia.

Al sumarse a la propuesta de la legisladora Verónica Arias insistió que la enmienda para la postulación para la reelección es absolutamente democrática. Planteó que se incorpore un texto a la enmienda a los artículos 114 y 144 referida a los derechos de participación política, a fin de que entre en vigencia el 24 de mayo de 2017.

La parlamentaria aseguró que la disposición transitoria no desnaturaliza, no altera, no contraría las normas de la enmienda principal respecto a la postulación abierta, es decir, que modulará efectos en el tiempo. La única diferencia que habría entre la enmienda principal y la transitoria es cuando entra en vigencia. Existen muy buenas razones para aprobar los derechos de participación ciudadana y permitir postularse sin obstáculos a los cargos de elección popular, con lo cual se se agota ese fundamento que se ha querido enmendar la Constitución con un nombre y apellido, aseveró.

Dijo que se suma al mensaje ético de su bancada que se incluya a los legisladores que tiene más de dos períodos continuos para que no puedan participar en las próximas elecciones.

La legisladora Soledad Buendía solicitó se analice un texto alternativo para el artículo 144: La Presidenta/e de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá postularse para ser reelecto por votación popular, lo cual clarifica que será el pueblo tiene el poder de elegir, reelegir y definir la permanencia o no de los mandatarios.

Enmienda laboral

En su intervención el asambleísta Fausto Cayambe, propuso mantener la enmienda al artículo 229, ya que elimina la vieja división del trabajo, a fin de ir a una nueva organización laboral donde se no se discrimine al obrero y al servidor público, sino que se los vea como trabajadores públicos.

En cambio, sobre la propuesta al artículo 326, numeral 16 dijo que se maximizan los derechos, por tanto planteó que los servidores públicos tengan derecho a la organización para la defensa de sus derechos y la mejora para la prestación de los servicios públicos, a la huelga, de conformidad con la Constitución y la ley. En virtud de que el Estado y la administración pública tiene como obligación velar por el interés general solo habrá contratación, contrato colectivo en sector privado.

Las y los obreros públicos que antes de la entrada de la vigencia de la presente enmienda constitucional se encuentran sujetos al Código de Trabajo mantendrán los derechos individuales y colectivos, garantizados por este cuerpo legal. Todos los derechos de los trabajadores se mantienen, dijo Fausto Cayambe, al precisar que en 180 días se reforme todas las leyes que tienen que ver con el sector público y así ir al gran sueño de tener “una sola legislación laboral en el sector público y privado”. Anunció que se ratificará el convenio 151 de la OIT, que garantiza la sindicalización a todos los servidores públicos garantizando condiciones más dignas.

Defensoría del Pueblo

De su lado, el presidente de la comisión, Juan Carlos Cassinelli, expresó que en los conversatorios ciudadanos se hizo notar que el fundamento principal de la enmienda de la descentralización territorial de la Defensoría del Pueblo quedaba sin sustento, porque en el artículo 214 plantea que se sustituya la frase “y tendrá delegados en cada provincia y en exterior, por la siguiente “observando la división territorial judicial, así como tendrá delegados en el exterior””, pero resulta que la organización de la Defensoría del Pueblo no corresponde al ámbito judicial que es lo que el espíritu de la enmienda indicaba, pues la Defensoría es un órgano de control que pertenece a la Función de Transparencia y Control Social.

Explicó que se pudo advertir que la ley y la Constitución facultan a la Defensoría a acceder a otros sitios para efectos de sustentar la protección de los derechos de los ecuatorianos.

En este marco, el parlamentario sugirió que la enmienda relacionada con la Defensoría del Pueblo no sea acogida en el informe para segundo debate.

Durante la sesión los parlamentarios también expresaron sus criterios respecto de la comunicación como servicio público, la facultad de los gobiernos descentralizados a consultar a la ciudadanía temas de interés para su respectiva jurisdicción, la disminución de la edad para postularse a la Presidencia de la República, la competencia de la Contraloría General del Estado, los procesos de integración organizada para las regiones autónomas.

JLVN/pv

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