Procurador presentó cuatro observaciones a reformas Ley de Lavado de Activos

Lunes, 01 de febrero del 2016 - 18:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Procurador presentó cuatro observaciones a reformas Ley  de Lavado de Activos

El Procurador General del Estado, Diego García, en la Comisión de Régimen Económico, presentó cuatro observaciones al proyecto de reformas a la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, respecto de los sujetos obligados, el régimen institucional, la Unidad de Análisis Financiero adscrita a la Función Ejecutiva y el régimen sancionatorio.

El funcionario dijo que para fines de prevención y control es necesario incorporar progresivamente a nuevos sujetos obligados a reportar, que pertenezcan a otros sectores de la economía nacional, aún no considerados. Para el efecto, dijo que los respectivos organismos de supervisión y control deben emitir la correspondiente normativa, que contemplará los mecanismos de debida diligencia que deberán ser desarrollados y aplicados por los sujetos obligados a reportar.

A su criterio, podría considerarse como alternativa, que sea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera la que emita la normativa requerida para la incorporación de nuevos sujetos obligados a reportar.

Dijo que es necesario definir ciertos casos de sectores que están fuera de la supervisión y  control, como por ejemplo las fundaciones y organizaciones no gubernamentales, que si bien son registradas por los ministerios, no tienen un organismo de supervisión y control. Subrayó que conviene normar la incorporación de las personas naturales y jurídicas que no están reguladas ni sometidas a la vigilancia de ningún organismo de supervisión, definiendo la institución competente que asuma este control y sus facultades reguladora, sancionadora y recaudadora.

Podría considerarse como alternativa que sea la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera la que defina la institución competente que asuma el control y supervisión, otorgándole facultades reguladora, sancionadora y recaudadora.

En torno al régimen institucional recomendó que el Consejo Directivo del Sistema Especializado Integral de Investigación, Medicina Legal y Ciencias Forenses, específicamente establezca las políticas y los programas de acción del sistema, cuya ejecución les corresponderá a las instituciones responsables de prestar los servicios especializados de apoyo técnico para la investigación de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo. La investigación del delito es una atribución exclusiva de la Fiscalía, precisó.

Al referirse a la Unidad de Análisis Financiero señaló que debe estar adscrita a la Presidencia de la República, mas no al Ministerio del Interior. Según el proyecto lo que se busca es fortalecer el sistema de investigación penal, cuando lo conveniente sería potenciar el ámbito de la prevención del delito para fortalecer al sector económico.

Respecto al régimen sancionatorio, Diego García manifestó la necesidad de regular la aplicación proporcional de la multa por incumplimiento de la obligación de informar por parte de los respectivos organismos de supervisión y control.

En este marco propuso que los sujetos obligados a informar que incumplan esta obligación sean sancionados por su respectivo organismo de supervisión y control, con multa que va desde quinientos a cinco mil dólares y que los organismos de supervisión regulen el procedimiento para la imposición de la sanción, que contemplará la aplicación gradual de la multa observando el principio de proporcionalidad consagrado en la Constitución de la República. La sanción no exime a los sujetos obligados de cumplir con su obligación de informar, reiteró.

Con la finalidad de que el respectivo organismo de supervisión y control imponga la respectiva sanción, la Unidad de Análisis Financiero informará el incumplimiento en el plazo de cinco días contados a partir de haberse verificado.

JLVN/pv

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