Aprueban Ley Marco para Promoción del Liderazgo de Mujeres Indígenas

Jueves, 02 de junio del 2016 - 19:50 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Aprueban Ley Marco para Promoción del Liderazgo de Mujeres Indígenas

La Comisión de Pueblos Indígenas y Etnias del Parlamento Latinoamericano (PARLATINO), presidida por la asambleísta ecuatoriana Esthela Acero, aprobó la Ley Marco para la Promoción del Liderazgo de las Mujeres Indígenas, que permite la participación y el desarrollo de sus capacidades.

Se precisa que el objeto de la normativa es promover en los Estados miembros del organismo el desarrollo de las capacidades de liderazgo, participación y empoderamiento en las actividades políticas de interés público de la mujer indígena, mediante acciones concretas que permitan tener representatividad en condiciones de equidad de oportunidades.

Prevé que cada Estado parte ejecutará programas de diagnóstico y evaluación en relación a las actividades en la que las mujeres indígenas tienen participación o ejercen funciones de liderazgo, con la finalidad de justificar la necesidad de adoptar medidas, determinar facilidades que permitan consolidar el liderazgo, participación y representatividad.   

Determina que los países, según la realidad particular de cada uno y sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, establecerán las normas jurídicas que permitan el desarrollo de las capacidades de liderazgo, participación y empoderamiento de la mujer indígena en cualquier esfera de las actividades humanas.

Además que en el ámbito de sus legislaciones adoptarán medidas y mecanismos adecuados para erradicar toda actividad expresa o simulada orientada a menoscabar, restringir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio del derecho de participación y el ejercicio del liderazgo de la mujer indígena.

Fomentará y promoverá en las etnias y comunidades sobre la importancia que tiene la participación de las mujeres indígenas en los asuntos de interés público y para la elaboración de las políticas públicas, que les permita tener el pleno goce y ejercicio de las labores de liderazgo y participación en actividades de interés colectivo.

Así mismo, que los Estados miembros, en particular aquellos en los cuales se reconoce la justicia indígena, desarrollarán con participación de lideresas indígenas programas tendientes a construir sistemas de pluralismo jurídico que impida la impunidad, que garanticen la no vulneración de los derechos humanos de las mujeres indígenas

Prevé que los Estados parte del Parlamento Latinoamericano y Caribeño establecerán en sus legislaciones la creación de entidades de monitoreo y evaluación que determinen el grado de cumplimiento de los derechos y mecanismos adoptados de participación política de las mujeres indígenas e informarán a las autoridades públicas de cada país, a fin de suprimir las barreras o reforzar las facilidades en el reconocimiento y ejercicio de los derechos de la mujer indígena.

También ejecutará políticas públicas para reforzar la capacidad de liderazgo y la participación política de las mujeres indígenas en los asuntos políticos, económicos y sociales relacionados a fomentar la igualdad de género, la familia, la niñez, política agraria, educación, salud y nutrición.

Según su realidad particular fomentarán la participación política de la mujer indígena, al designar a personas de este sector social para que ocupen cargos de administración pública, al igual que los cargos de elección popular.

Adicionalmente, promoverán, en la medida de sus capacidades, reformas legislativas para la instrumentación de una política o estrategia nacional de alfabetización e inclusión digital para el empoderamiento de las mujeres indígenas, que las dote de herramientas y aumente sus capacidades en el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

 

JLVN/

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