Municipios sí podrán invertir en salud y educación, con autorización del ente rector

Jueves, 30 de junio del 2016 - 12:01 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Municipios sí podrán invertir en salud y educación, con autorización del ente rector

“Los municipios pueden seguir invirtiendo en salud y educación, pero lo que se busca es que sea debidamente coordinado (con entidades rectoras de estas áreas) para no duplicar esfuerzos y que los recursos públicos puedan ser invertidos de manera planificada”. Así lo aseguró el asambleísta Richard Calderón, presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos al presentar el informe para segundo debate del proyecto de reformas al Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

El asambleísta explicó que en diciembre de 2015 la Asamblea Nacional aprobó las enmiendas constitucionales. Manifestó que en la disposición general se establece que estos cambios deberán ser desarrollados, armonizados y adecuados mediante diferentes cuerpos normativos.

De esta manera, indicó que el COOTAD es una de las leyes que deben ser modificadas para armonizar su articulado con el de la Constitución. En este sentido, la asambleísta y presidenta de la Legislatura, Gabriela Rivadeneira, presentó las reformas a este cuerpo legal, que fue discutido por el Pleno en primer debate el 1 de marzo de este año.

Sostuvo que en las enmiendas se modificó el texto del artículo 261 de la Constitución para que las competencias en salud y educación sean exclusivas del gobierno central. Se incluye la planificación, construcción y mantenimiento de la infraestructura física y los equipamientos en estas áreas. Con esto, se reformó el artículo 264 en donde se establece que los gobiernos municipales también podrán ejercer estas mismas competencias, pero con la autorización previa del ente rector.

Con estas modificaciones, Calderón dijo que se reforma el artículo 55, literal g, del COOTAD para dejar como competencia exclusiva de los gobiernos cantonales la planificación, construcción y mantenimiento de los equipamientos de los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo y no lo relacionado en materia de salud y educación.

Así mismo, se cambia el artículo 219 para que los recursos que los municipios destinen a salud y educación, sean considerados como “gastos de inversión”, siempre que cumplan el requisito de la autorización previa por parte del ente rector.

“No queremos que se construyan aulas sin las partidas presupuestarias de los docentes, sin los debidos parámetros técnicos. De igual manera, evita que se construya infraestructura física o entregue equipamiento para salud, sin la debida coordinación. Se busca que estos servicios, tan importantes para la colectividad, puedan ser entregados con calidad y mayor aprovechamiento de los recursos públicos”, enfatizó Calderón.

Regiones autónomas

Richard Calderón aseveró también que en las enmiendas a la Constitución se cambió el texto de la disposición transitoria para la conformación de las “regiones autónomas”. Se eliminó el plazo para la conformación de las mismas, que no debía exceder los ocho años.

El asambleísta explicó que, si bien se eliminó ese plazo, se mantiene la obligatoriedad de establecer un tiempo, por lo que en las reformas al COOTAD se fijó máximo 20 años para la conformación de regiones autónomas.

LM/pv

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