Proyecto urgente no establece impuesto para sector productivo: Virgilio Hernández

Martes, 23 de agosto del 2016 - 13:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Virgilio Hernández, sesión del Pleno 404, "Proyecto urgente no establece impuesto para actividades productivas"

En el marco del primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para varios sectores productivos, considerado urgente en materia económica, el ponente y presidente de la Comisión de Régimen Económico, Virgilio Hernández subrayó que esta norma no establece ni un solo impuesto, ni para los ciudadanos, ni para las actividades productivas, todo lo contrario son incentivos.

El proyecto de Ley contiene tres aspectos: incentivos para la afiliación en medicina prepagada;  incentivos para buscar y apoyar la formalización, la consolidación de sector transporte; y, la estandarización en el cálculo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

El legislador justificó con datos el proyecto de Ley y del porqué del carácter de urgente. Se refirió a la reciente aprobada Ley de Medicina Prepagada que no tiene incentivos tributarios porque no fue de iniciativa del Ejecutivo.

Indicó que de un universo de 500 mil ciudadanos que se han realizado consultas médicas y que tienen la opción de medicinas prepagada y la posibilidad de obtener los servicios de la seguridad social, el 74% concurrió a los seguros de medicina prepagada y el 26% a la seguridad social.

Explicó que  de las personas que concurrieron al Instituto  Ecuatoriano de Seguridad Social que tenían medicina prepagada, hay un dato que llama la atención y es relacionado con las consultas externas. Cerca de 32 millones de dólares, invirtió la seguridad social para atender a pacientes que podrán haber tenido otra opción; 27  en hospitalización y más de dos millones en emergencia.

Señaló que esto  demuestra que la seguridad social en los últimos años ha mejorado de manera sustancial sus servicios, por eso concurren al sistema de salud pública como al seguro social, donde de enero a junio se han presentado más de dos millones de consultas externas en la seguridad social.

Aclaró que la reforma plantea que exista un porcentaje adicional, es decir, si  un micro empresario gastó 20 mil en contratar planes de medicina prepagada para sus trabajadores, no se considere este rubro, sino el 100% adicional que es 40 mil. Si es una mediana o grande empresa no se considere los 50 mil que pudo haber gastado, sino un 50% adicional, es decir 75 mil, siempre  y cuando sea para todos sus empleados.

Con ello, dijo, los empleados ganarían porque tendrían una doble opción, podrían concurrir a la seguridad social, o la medicina prepaga. Por otra parte, el empleador también se beneficiaría de las deducciones adicionales para el cálculo del impuesto a la renta y de igual manera el Estado disminuiría la presión que puede existir sobre los servicios de salud permitiendo que las personas que no cuentan con planes adicionales de medicina prepagada puedan tener mejor y más pronta atención en los hospitales de la red pública de salud y sobre todo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Dijo que todavía quedan temas que hay que discutir como si éste va hacer un real incentivo, si con esto no se van a beneficiar únicamente aquellas empresas que ya establecen este  beneficio a sus trabajadores, Lo cual, señaló, significaría un costo de 27 millones para el Estado. Si esas mismas empresas amplían su cobertura a la totalidad de trabajadores tendría un costo cercano a los 40 millones y si se duplica el número de usuarios el costo para el estado sería de 60 millones, explicó.

Puntualizó que habría que establecer cuáles son los mecanismos de control claro para las empresas de medicina prepagada y cuál es la corresponsabilidad de estas empresas porque tendría un aumento potencial de sus clientes.

Transporte

Las operadoras de transporte público y comercial no considerarán en el cálculo del anticipo del IR el valor de las unidades de transporte con las que cumplen su actividad económica. No se considerará ni en activos, costos, gastos ni patrimonio, aclaró.

Sostuvo que la reforma ayuda a cumplir con el principio de neutralidad tributaria porque los particulares no incluyen a su unidad para pago del Impuesto a la Renta. Lo que se está permitiendo es que tengan el mismo beneficio, concluyó.

RSA

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador