Pleno tratará el jueves proyecto sobre jubilación de trabajadores de cementeras

Martes, 24 de enero del 2017 - 12:15 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Pleno tratará el jueves proyecto sobre jubilación de trabajadores de cementeras

La presidenta encargada de la Asamblea Nacional, Rosana Alvarado, convocó al Pleno a dos sesiones para este jueves, 26 de enero. La primera empezará a las 09:30 y los asambleístas escucharán la rendición de cuentas 2016 del presidente del Consejo de la Judicatura; mientras que en la segunda, que será a las 10:15, se tratarán dos proyectos de ley.

El segundo debate del proyecto de Ley Interpretativa del artículo 4 de la Ley de Jubilación Especial de los Trabajadores de la Industria del Cemento, es uno de los temas que se abordará. El informe lo preparó la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y en él se indica que la iniciativa legal pretende “regularizar y armonizar el financiamiento para la jubilación de los trabajadores de la industria del cemento”, por lo que recomienda su debate y aprobación.

La Ley de Jubilación Especial de los Trabajadores de la Industria del Cemento, rige desde 1989. Ahí se estableció como beneficio de este sector, el derecho a la jubilación especial a cargo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y como agentes de retención a las empresas cementeras. Definió además, que cualquier trabajador que haya acreditado por lo menos 300 imposiciones mensuales, sin límite de edad, puede acogerse a este derecho y gozar de una pensión equivalente al 100% del último sueldo.

El artículo 4 de esta ley determina que se incrementa en dos centavos el precio exfábrica de cada kilo de cemento, para financiar este régimen especial, pero no especifica la moneda que se utilizará. Por disposición legal, en ese entonces, regía el sucre, hasta el 2000, cuando Ecuador adoptó el dólar. Después, la Constitución del 2008 fijó que la moneda de curso legal es el dólar de Estados Unidos de Norteamérica.

Durante la socialización del proyecto, los representantes de las diferentes organizaciones de los trabajadores de esta industria, manifestaron que esos dos centavos deben entenderse ahora por centavos de dólar, porque el saco de este producto se cobra en esa moneda. No obstante, los representantes de la industria argumentan que esos dos centavos de sucre, por efecto de la dolarización, se transformaron en ocho diez millonésimas de dólar y que para obtener los dos centavos de dólar se requieren de 25 mil kilos de cemento precio exfábrica.

La Corte Constitucional, en una resolución del 15 de diciembre de 2010, determinó que dichos dos centavos deben entenderse como dos centavos de dólar, porque es la moneda de circulación legal. También resolvió admitir el recurso de amparo constitucional propuesto por la Asociación de Jubilados y Veteranos de la Cemento Nacional, por lo que ordenó a la empresa Holcim S.A que deposite, en 20 días, más de 89 millones de dólares en la cuenta creada para este beneficio en el IESS y luego se individualice a los jubilados.

Según el informe, la Ley de Jubilación Especial para los Trabajadores de la Industria del Cemento fue creada con el objetivo de precautelar las condiciones de los trabajadores, porque varios estudios, nacionales e internacionales, demuestran que su actividad se encuentra en mayor riesgo.

La Ley Orgánica de la Función Legislativa determina que el Parlamento “interpretará de modo generalmente obligatorio las leyes, y lo hará mediante la correspondiente ley interpretativa”. La Constitución también establece que esta es una atribución de la Asamblea.

En la segunda sesión, también se tratarán los proyectos de Ley Orgánica de Fomento al Emprendimiento y el de Ley Orgánica de Defensa de los Emprendedores Urbanos.

LILA/pv

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