Magali Orellana propone crear la Silla Vacía en Agencia de Control Hidrocarburífero

Jueves, 02 de febrero del 2017 - 12:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La asambleísta Magali Orellana, presentó el proyecto de reformas a la Ley de Hidrocarburos, para que en las sesiones del directorio de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero exista la silla vacía, ocupada por un representante de la o las comunidades, en cuya área de influencia ejerce sus actividades hidrocarburíferas el Estado.

La legisladora considera, que esta persona debe tener voz y voto en temas específicos, para hacer escuchar los derechos e inquietudes de sus representados respecto de las actividades que se desarrollarán en el área de influencia de sus circunscripciones.

Según el proyecto, el Directorio de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero, atenderá las inquietudes que formulen los representantes de las comunidades, respecto a temas específicos, en los cuales sean afectados debido a las actividades hidrocarburíferas que realice el Estado, empresas mixtas y privadas, en las circunscripciones de las que provinieren.

Plantea que el incumplimiento de las disposiciones referentes a la participación ciudadana por parte de los miembros del Directorio de la Agencia, genere responsabilidades y sanciones de carácter administrativo, incluyendo la remoción del cargo.

Sugiere que los gobiernos autónomos descentralizados, en cuyo territorio se explote y/o industrialice hidrocarburos, tengan derecho a participar de la renta que perciba el Estado por la actividad hidrocarburífera, que se canalizará directamente a los gobiernos autónomos descentralizados de los territorios en mención, quienes administrarán estos recursos en base a los principios de autonomía administrativa, política y financiera y que estos recursos se inviertan en proyectos sociales, infraestructura, turismo, obras de servicios básicos y saneamiento ambiental.

La representante de la provincia de Orellana, argumentó que es necesaria la participación de representantes de las comunidades afectadas por las actividades petroleras; que para efectos de restaurar el daño ambiental corresponde utilizar términos existentes en el sistema jurídico ambiental, tanto constitucional como legal, así como el cumplimiento obligatorio de acuerdos para efectos de compensación y/o indemnización para las comunidades y el destino de recursos económicos, para el desarrollo de los gobiernos autónomos descentralizados.

RSA/pv

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