Quienes laboren en carnaval recibirán remuneración con recargo extraordinario

Jueves, 23 de febrero del 2017 - 15:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Por primera ocasión, el lunes y martes de carnaval, no se recuperarán. Esto por disposición de la reforma a la Ley de Servicio Público y al Código de Trabajo, vigente hace dos meses.

Según esta ley, el país cuenta con 12 días de descanso obligatorio cada año, 11 por feriados nacionales y uno local. A los 9 días, que teníamos los ecuatorianos, hoy se suman los dos de carnaval.

La asambleísta Mary Verduga, indicó que en las empresas o industrias que no puedan interrumpir las actividades durante los días de descanso obligatorio, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso o se pagará la remuneración respectiva, con el correspondiente recargo por trabajo extraordinario.  De no aplicarse correctamente la norma, el Ministerio de Trabajo deberá hacer la revisión, señaló.

Lo que se pretende es que a ningún trabajador se le vulnere su derecho a disfrutar, para que si no puede salir de su provincia, al menos comparta ese tiempo en familia, enfatizó.

La legisladora espera que los ciudadanos aprovechen el feriado. Que se traslade a los distintos rincones del país, para que con su consumo contribuyan a la reactivación del sector  económico.

Propuso visitar Santo Domingo de los Tsáchilas, como una de las provincias que tiene mayor turismo de aventura, al igual que Tungurahua y otras localidades del país, con cascadas y ríos. Nombró los reconocidos carnavales de Ambato y Guaranda, cada lugar con sus particularidades, que tendrán mucho que mostrar.

Indicó que la Ley también traslada los feriados que coincidan con sábado o domingo, al viernes y lunes, respectivamente; si caen martes, al anterior  lunes y los que sean miércoles y jueves, al viernes de esa semana. Esto a excepción del 1 de enero, el 25 de diciembre y el martes de Carnaval. 

RSA/pv

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