“Es necesario evitar interpretaciones que afecten el bienestar de los trabajadores”

Jueves, 08 de junio del 2017 - 14:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, Liliana Durán Aguilar, dijo enfáticamente que es necesario evitar interpretaciones que afecten el bienestar de los trabajadores en su desempeño laboral. Esto al fundamentar el proyecto de Ley Interpretativa del artículo 58 de la Ley Orgánica de Servicio Público.

Con este proyecto se aclara que los contratos de servicios ocasionales se puedan celebrar solo para atender necesidades institucionales de carácter temporal, previa aplicación de la planificación del talento humano para satisfacer necesidades instituciones exclusivamente temporales y cuando la necesidad se hace permanente se debe crear la partida y llamar al concurso de méritos y oposición para llenar el puesto vacante.

La legisladora explicó que si se celebran estos contratos por más de dos años para la prestación de los mismos servicios se entenderá que las necesidades institucionales son permanentes, lo que obligará a la Unidad de Administración del Talento Humano a planificar la creación del puesto, mismo que se ocupará a través del concurso de méritos y oposición.

La suscripción de contratos de servicios ocasionales ha generado un problema que concluye en su pérdida de naturaleza temporal. Los contratos ocasionales provocan inestabilidad laboral, amparados en la necesidad institucional, toda vez que durante dos años se capacitan funcionarios y por la imposibilidad de contratarlo nuevamente y por cumplir la norma se incurre en nuevos gastos administrativos y de capacitación para el nuevo funcionario en el mismo puesto de trabajo bajo las mismas condiciones, aseveró Durán.

Informó que con las sentencias de modulación en los artículos 80 LOSEP y 143 de su Reglamento emitidas por la Corte Constitucional se elimina el plazo de la renovación de los contratos hasta 12 meses adicionales, dejando abierta la posibilidad de renovación del contrato y se dispone que las unidades de Talento Humano planifiquen la creación de puestos y realicen el respectivo concurso de méritos y oposición.

Liliana Durán sostuvo que es indispensable enfocarse en la estabilidad de los trabajadores, no solo laboral, sino emocional y potenciar las capacidades técnicas para brindar un mejor servicio a la población. Explicó que ese trabajador vive cada dos año una incertidumbre de conseguir una nueva plaza laboral y detrás él, una familia. Insistió que es un compromiso político y de vida velar por que se respeten los derechos de los trabajadores del país.

“Escuchar y vivir las necesidades de los trabajadores, compartir sus luchas diarias y sentir su inconformidad nos impulsa a reforzar progresivamente sus derechos y tomar las decisiones que la ciudadanía pide y requiere”, enfatizó al señalar que por ello la comisión sugirió cambiar la naturaleza del proyecto de interpretativo a reformatorio.

De la lectura del proyecto se desprende que su objetivo no corresponde a un procedimiento interpretativo del artículo 58 de la Ley Orgánica de Servicio Público, sino reforma al mismo, por tanto, todas las recomendaciones e insumos recibidos en la Comisión, los lleva hacer una reforma.

Finalmente, la asambleísta recordó que la Constitución de la República en sus artículos 33, 228, 229, 325, 332 garantiza el derecho al trabajo y la estabilidad de los trabajadores, así como el ingreso al servicio público.

RSA/pv

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