Asamblea aprueba norma que protege a los trabajadores del acoso laboral

Martes, 22 de agosto del 2017 - 14:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de los Trabajadores,  acoso laboral

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para Prevenir el Acoso Laboral. Los 133 asambleístas  presentes se pronunciaron unánimemente a favor de esta norma que introduce la definición de esta conducta y los instrumentos para su erradicación.

El proyecto aborda uno de los problemas más recurrentes en cuanto a la defensa de derechos de los trabajadores. Durante mucho tiempo existió un vacío legal en esta materia y se dejaba en la indefensión a las víctimas de esta forma de acoso, cuyo trabajo se iba precarizando conforme continuaban estos abusos.

Su aprobación es un paso importante para la generación de una protección integral a los trabajadores, porque toma en cuenta el abuso de cualquier forma de poder al interior de una comunidad de trabajo.

En las dos leyes se introduce el término “acoso laboral” en lugar de “hostigamiento laboral”;  una definición de la conducta calificada como “acoso laboral”; la prohibición de realizar una conducta que implique esta práctica; mecanismos de protección frente conductas de esta naturaleza y la respectiva sanción.

La definición de acoso enfatiza en la tipificación de este como un comportamiento atentatorio contra la dignidad y la gravedad de sus consecuencias para la víctima. Además, prevé la posibilidad de que exista un acoso horizontal o vertical (entre trabajadores de un mismo rango y de un superior al subordinado, respectivamente).

En la Ley de Servicio Público establece que no ser acosado es un nuevo derecho irrenunciable de las servidoras y servidores públicos. El procedimiento a seguir, en el caso que se produzca el acoso, deberá desarrollarse en el Reglamento de la LOSEP (se remite por tanto al Ministerio de Trabajo). Establece una nueva causal de destitución por la comisión de acoso. En este sentido, el servidor público que cometa acoso, ya sea hacia un compañero o compañera, un superior o un subalterno, será destituido.

En el Código de Trabajo se menciona, expresamente, el acoso discriminatorio, incluyendo la discriminación por razón de filiación sindical o gremial y se incluye la participación de la autoridad de trabajo en la valoración de la conducta. La inclusión tiene como objetivo la prevención del acoso a través de la formación y la capacitación.

Debate

Dentro del debate, la asambleísta Karina Arteaga indicó que era necesario que la Asamblea regule y combata esta otra forma de discriminación, que no nace en razón de una situación jurídica actual, sino, de una problemática que gira alrededor de las personas y de la sociedad. Recalcó que el acoso es una conducta que lastima y afecta el clima laboral. Para ello, se establece la prevención a través de programas de capacitación y políticas públicas. Precisó que estos objetivos se recogerán en el nuevo Código de Trabajo.

Raúl Auquilla, proponente de la reforma, aseguró que en el transcurso del análisis de la normativa recibió múltiples denuncias de  personas víctimas de acoso, por lo que considera urgente dar a los trabajadores esta herramienta que prevenga y defienda sus derechos. “Se está haciendo historia, cien días de gestión, juntos lo estamos logrando. La Asamblea nos ha hecho justicia, van a decir las personas afectadas”, añadió.

El vicepresidente de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, Julio César Quiñónez, recordó que a partir de los años 80 se toma conciencia de la gravedad, son miles de miles de trabajadores privados y públicos que padecen de esta violencia a su dignidad como personas. Lamentó que al no existir cifras, no se pueda evidenciar la dimensión de este problema.

Explicó que existen diversos casos. Por ejemplo, para evitar el pago de indemnización, buscan mecanismos de acoso, en los cuales existe afectación sicológica y emocional y su nivel de estrés tóxico aumenta con un sentimiento de fracaso y apatía. Generalmente, se resisten a denunciar porque prima el temor a la represalia, sobre todo, porque el victimario es una persona con mayor grado jerárquico o autoridad, aclaró.

Vicente Taino destacó que el proyecto busca definir conceptualmente qué se reconoce como acoso laboral y los mecanismos para que el trabajador pueda instrumentar un reclamo pertinente. El acoso es una práctica permanente en los sectores público y privado, de allí la importancia de esta reforma. Pidió que la fase conciliatoria se dé una vez que se presente la denuncia de acoso.

Este segundo debate se llevó en tres jornadas de trabajo y recibió testimonios de personas afectadas. En los próximos días, la Secretaría General remitirá el proyecto al Ejecutivo para su respectiva sanción u objeción.

RSA

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