Institucionalidad del Ceaaces alcanza consenso en debate de reformas a la LOES

Jueves, 07 de diciembre del 2017 - 13:35 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Sin mayores observaciones de fondo continúa la determinación de posibles reformas a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES). Este jueves se realizó la octava jornada de la mesa de trabajo de la Comisión de Educación, Ceaaces y las instituciones de Educación Superior.

En la reunión se analizó y debatió la institucionalidad del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad Superior, sus funciones, integración y requisitos para ser miembros del organismo, puntos que alcanzaron importantes consensos.

El asambleísta Augusto Espinosa, presidente del ente parlamentario, dijo que esperan que el Ceaaces presente la propuesta de ajuste a los artículos 103 y 104 relativos a los exámenes de evaluación de la carrera y de habilitación profesional, para, de ser pertinente, el miércoles próximo cerrar y consolidar lo referente al sistema de aseguramiento de la calidad de la educación superior.

Funciones, integración

Según la propuesta, el Ceaaces es el organismo público técnico, con personería jurídica y patrimonio propio, con independencia administrativa, financiera y operativa que tiene a su cargo la regulación, planificación, coordinación y gestión del sistema de aseguramiento de la calidad de educación superior.

Los miembros del Consejo no podrán ser representantes de las instituciones objeto de regulación; tendrá su sede en Quito, en su estructura orgánica contará con una secretaría técnica, operará en coordinación con el Consejo de Educación Superior (CES) y la institución responsable de la evaluación de la calidad desde educación inicial hasta bachillerato. Tendrá un Comité Asesor, cuyos integrantes actuarán con voz pero sin voto en las reuniones de plenarios del Consejo o de sus comisiones.

Tiene como funciones, entre otras: establecer los objetivos estratégicos en materia de calidad, que el CES debe incorporar en el Plan Quinquenal de Desarrollo del Sistema de Educación Superior; planificar, regular, coordinar y ejecutar acciones para la eficaz operación del sistema de aseguramiento de la calidad; aprobar la normativa necesaria para la óptima implementación de los procesos que sean parte del Sistema de Aseguramiento de la Calidad, ejecución de los procesos de autoevaluación; aprobar el Código de Ética, resolver sobre los informes y recomendaciones derivados de los proceso de evaluación, acreditación y cualificación académica, presentar anualmente informe de sus labores a la sociedad ecuatoriana, al Presidente de la República, a la Asamblea Nacional y al Consejo de Participación Ciudadana.

El Consejo estará integrado por cuatro académicos seleccionados por concurso público de méritos y oposición por el Consejo Nacional Electoral, que contará con veeduría ciudadana y de la Asamblea del Sistema de Educación Superior; y tres académicos designados por el Presidente de la República, que no podrán ser reemplazados hasta el final del periodo para el cual fueron nombrados.

MG/pv

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07 de diciembre de 2017 - Sesiónd de la Comisión de Educación

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