Comisión articuló trabajo con organizaciones y ciudadanía a fin de construir Ley para proteger la vida de las mujeres

Martes, 27 de febrero del 2018 - 16:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres fue el hito que marcó el trabajo de la Comisión Ocasional que se encargó de tratar este tema. La aprobación de esta norma se la calificó como histórica porque busca prevenir la vida e integridad de las mujeres en todo el ciclo de su vida.

La preocupación de la Asamblea por el incremento de femicidios en el 2017 motivó que el 11 de julio de 2017, por unanimidad, condene todo tipo de violencia que se ejerza contra niñas, adolescentes y mujeres del Ecuador. Después, calificó los proyectos para prevenir y erradicar la violencia contra este sector, presentados por el Ejecutivo y el Legislativo.

Para el tratamiento de los mismos conformó una Comisión Ocasional que inmediatamente empezó con su labor y agrupó las iniciativas en un solo cuerpo. Con ese texto, desarrolló trece socializaciones en territorio, con la participación de 1.570 personas, quienes acudieron a las reuniones en Manabí, Bolívar, El Oro, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pastaza, Esmeraldas, Sucumbíos, Santa Elena, Carchi y Chimborazo.

Además, ejecutó 20 reuniones técnicas y recibió a 63 actores del sector público y privado, así como organizaciones internacionales, entre ellas ONU Mujeres y Unicef. También recibió observaciones y aportes por escrito.

El aporte de experiencias extranjeras fue otro elemento de los que se alimentó la propuesta. Con ese fin, se desarrolló el Foro Internacional “Hacia una Ley contra la Violencia a las Mujeres”, en el que participaron analistas de Bolivia, Paraguay, Colombia y España. En tanto, las organizaciones, colectivos de mujeres y ciudadanos nacionales tuvieron su espacio en un foro nacional sobre el proyecto de ley.

El primer debate de la norma fue el 9 de noviembre del año pasado y en segundo debate se lo aprobó, por unanimidad, el 26 del mismo mes, horas después de conmemorar el Día de la No Violencia contra la Mujer. El veto parcial se lo resolvió el 23 de enero de este año y desde el 5 de febrero la ley está vigente.

Contenido de la Ley

Con la ley se crea un Sistema Nacional Integral que articulará acciones entre 16 instituciones del Estado para prevenir, atender, proteger y reparar a las mujeres víctimas de violencia. En la prevención se articularán políticas enfocadas a eliminar progresivamente patrones sociocultutales que naturalizan la violencia.

Sin embargo, si la mujer ya es víctima de violencia, el cuerpo legal manda que se le brinde atención médica, psicológica, socioecómica y asesoría jurídica de manera inmediata y gratuita. Y si existe vulneración a su integridad podrá pedir medidas de protección inmediatas en las tenencias políticas y en las juntas cantonales de protección de derechos. No requiere de patrocinio profesional.

En esos órganos puede solicitar, entre otras medidas, boletas de auxilio; la instalación de dispositivos de alerta en la vivienda; que le restituyan a su hogar con las garantías suficientes para proteger su vida e integridad; la inclusión en un programa de protección como casas de acogida y centros de atención especializada; y la inserción en programas de inclusión social y económica, salud, educación, laboral. También puede pedir la prohibición al agresor de esconder o cambiar de domicilio a sus hijos e impedirle acciones de amenazas o intimidación; así como el ocultamiento de bienes.

La norma establece además la ejecución de acciones urgentes si existe un inminente riesgo a su vida o seguridad. Ahí entrará a operar la Policía Nacional que deberá acudir inmediatamente ante la alerta generada por el botón de pánico, llamada al Ecu 911 u otros mecanismos; activar protocolos de seguridad y protección; acompañar a la víctima para reintegrarla a su domicilio, si lo solicita o a pedir una boleta de auxilio, entre otras acciones.

En cambio, en caso que se declare mediante resolución el cometimiento de los hechos, la autoridad jurídica ordenará la reparación integral por el daño material e inmaterial, causado a la víctima.

LILA/pv

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