Proyecto de Ley Interpretativa dará mayor seguridad jurídica a alianzas público privadas

Miércoles, 18 de abril del 2018 - 14:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Régimen Económico. Asamblea Nacional

En la Comisión de Régimen Económico, la legisladora Soledad Buendía recordó que las leyes no tienen carácter retroactivo, al referirse a la aplicación de los nuevos requisitos establecidos en la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, para la exención del impuesto a la renta por dividendos o utilidades generados en proyectos públicos, en alianzas público-privadas (APP).

Así mismo, la deducibilidad de pagos originados por financiamiento externo y las exenciones al impuesto a la salida de divisas en pagos por financiamiento externo o en pagos realizados al exterior, en el desarrollo de proyectos públicos en APP.

En consecuencia, los nuevos requisitos legales establecidos para dichas exenciones deben ser aplicables únicamente a los contratos de crédito registrados en el Banco Central del Ecuador, a partir de la vigencia de la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera.

Los contratos de crédito registrados en el Banco Central del Ecuador con anterioridad a la vigencia de la referida norma se sujetarán al régimen legal vigente a la fecha de su suscripción de los mismos.

Buendía precisó que este proyecto de ley interpretativa pretende aclarar que las nuevas medidas antiparaísos, solamente se aplicarán para los contratos de financiamiento externo y alianzas público privadas celebradas a partir de la vigencia de la ley. Su propuesta contiene un solo artículo que pretende garantizar la seguridad jurídica para los inversionistas.

 JLVN/

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