“ ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA NACIONAL, EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN”

Lunes, 21 de julio del 2014 - 09:19 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
“ ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA NACIONAL, EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN”

INTRODUCCIÓN

Históricamente en el Ecuador, la acción fiscalizadora era sinónimo exclusivo de juicio político, donde los casos se resolvían en el proceso de interpelación y destitución de ministros y otros funcionarios. De este modo, la capacidad efectiva de la fiscalización, como contra peso del Ejecutivo y demás funciones del Estado, perdía su horizonte al convertirse en un ejercicio netamente de obtención de réditos electorales.

Con el compromiso de dejar atrás las viejas prácticas políticas; así como, la arraigada cultura tutelada por el Estado, sin que el mismo genere los mecanismos adecuados para que la ciudadanía ejerza su derecho a participar de manera activa en los procesos que los afectaba, directa e indirectamente, se da paso al cambio de paradigma, entorno a la concepción del rol que deben desempeñar las y los ecuatorianos.

Es así que, la acción ciudadana tomo vigor en el andamiaje constitucional actual, como lo refleja el artículo 204 de la reforma efectuada el 2008: “El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la participación”.

En base a lo mencionado anteriormente; y, al Art. 120 numeral 9 de la Constitución de la República, mismo que señala que la Asamblea Nacional tiene la facultad de: “Fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los órganos del poder público, y requerir a las servidoras y servidores públicos las informaciones que considere necesarias”, el actual período legislativo vio la necesidad de generar un proceso de fiscalización idóneo frente a las exigencias de dicha dinámica, dándole un nuevo significado al concebirlo como un acto participativo e integral.

DESARROLLO

En este contexto, la Asamblea Nacional del Ecuador, a través de la Unidad Técnica de Fiscalización y Control Político y con la colaboración de la Escuela Legislativa, en su afán de exponer la nueva visión asumida por la actual presidencia, se ve en la necesidad de generar espacios de debate y participación ciudadana, que garanticen el quehacer de esta entidad, en virtud del cumplimiento del Art. 204, de la Constitución de la República.

En el marco constitucional, a la Función Legislativa le atañen dos atribuciones: legislar y fiscalizar; siendo esta última atribución, materia de interés para el desarrollo del Evento “Atribuciones de la Asamblea Nacional, en materia de fiscalización”, mismo que contará con la participación de dos expertos internacionales en temas de transparencia de la información y rendición de cuentas, y; administración pública, políticas públicas y fiscalización.

Dicho evento busca trazar ideas y recuperar experiencias, a nivel regional y local, con la finalidad de ampliar el conocimiento de los actores involucrados en este quehacer. La discusión se llevará a cabo en torno a tres ejes, tomando como premisa que el proceso fiscalizador mantiene una vinculación continua entre instituciones de control político y administrativo, funcionarios y ciudadanía.

En este contexto, es necesario tomar en cuenta que, la Unidad Técnica de Fiscalización y Control Político adscrita a la Presidencia de la Asamblea, tiene dentro de sus atribuciones el dar soporte técnico a los procesos de fiscalización, a través del cual, se pretende fortalecer y transparentar  los niveles de información y análisis pertinente para un correcto ejercicio de control político del accionar público, constituyéndose en una forma de prevención a manera de fiscalización ex ante.

Los ejes en los cuales va a girar el debate son:

1.- Acceso a la información, rendición de cuentas y control social.- Discusión en torno al Marco Jurídico actual vigente en el Ecuador.

•    Socialización de metodologías existentes sobre la rendición de cuentas de las entidades públicas.

•    Mecanismos de participación ciudadana para ejercer un control social adecuado (Ley Orgánica de Participación Ciudadana).

•    Empoderamiento ciudadano para la entrega de información específica.

2.- Fiscalización.- Reflexión técnica sobre los ámbitos, límites y potenciales áreas de conflicto en los procesos de fiscalización.

•    Nuevo concepto de fiscalización y su manera de concebir este ejercicio en el marco del Buen Vivir.

•    Mecanismos de fiscalización parlamentaria: sus alcances y límites jurídicos.

•    Evaluación de tensiones sistémicas generados a partir de la dinámica cotidiana en torno a la fiscalización.

•    Alcances de la inmunidad y el fuero de corte.

3.- Control político.- Dinámicas que garantizan que los actores involucrados, en un proceso de fiscalización, acepten someterse a mecanismos de seguimiento,

•    El control político desde el Legislativo hacia las demás funciones del Estado.

•    Participación ciudadana y mecanismos de seguimiento para ejercer el control político.

•    Estructura política y responsabilidades ante la ciudadanía y de la ciudadanía.

OBJETIVO GENERAL

•    Generar un espacio para la socialización de las atribuciones, constitucionales y legales, de la Asamblea Nacional en materia de fiscalización; con el objeto de, que las y los ciudadanos se conviertan en partícipes directos de éste.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Informar sobre los ámbitos de responsabilidad y acciones que posee la Asamblea Nacional, como ente fiscalizador.

Difundir entre los actores claves el concepto de fiscalización y control político; a través, del trabajo que ha efectuado la Asamblea Nacional, en ejercicio de esta facultad constitucional y legal.

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