Aprobada reforma a Ley de Seguridad Social. Biess administrará fondos

Jueves, 25 de septiembre del 2014 - 19:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Aprobada reforma a Ley de Seguridad Social. Biess administrará fondos

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó con 87 votos afirmativos, 26 negativos y una abstención, el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la administración de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados.

La normativa responde a la necesidad de otorgar transparencia y buen manejo de los ahorros de los 206 mil partícipes de los fondos. El proyecto en ningún caso implica la merma de los derechos de los partícipes que tendrán sus recursos en cuentas individuales.

Según la normativa aprobada, los fondos complementarios previsionales cerrados que en su origen o bajo cualquier modalidad hayan recibido aportes estatales pasarán a ser administrados por el IESS a través de su banco, mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia, rentabilidad y a las regulaciones y controles de los órganos competentes.

Los fondos que cuenten con la petición expresa de al menos la mitad más uno del total de los partícipes podrán solicitar al órgano de control, mantener su propia administración privada, previo el cumplimiento concurrente de las siguientes condiciones:

A.- Demostrar que los aportes al fondo fueron realizados de manera voluntaria, para el efecto se verificará la autorización escrita de cada uno de los partícipes. De igual manera el fondo probará que los descuentos se hayan realizado sin coerción alguna a los partícipes o a terceros.

B.- Garantizar que los recursos asignados en las cuentas individuales pueden ser restituidos a los partícipes en cualquier momento.

C.- Reintegrar el valor de los recursos estatales recibidos por el fondo con los respectivos intereses calculado a la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador para cada año.

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y el Ministerio de Relaciones Laborales, en el ámbito de sus competencias, emitirán las regulaciones que correspondan para garantizar los derechos adquiridos por los pensionistas de los fondos complementarios previsionales cerrados que manejan o manejaron la jubilación patronal establecida en el Código del Trabajo.

Las cuentas individuales de los partícipes de los fondos que pasan a la administración del BIESS serán personales e independientes de los que administra el banco. Los valores constantes en las cuentas individuales antes señaladas son de propiedad de los partícipes, de conformidad con los montos que determinen las auditorías.

Todos los fondos complementarios previsionales cerrados, cualquiera sea su naturaleza, objeto o prestaciones otorgadas, en el plazo de 180 días deberán registrarse de conformidad con las políticas y regulaciones que emita la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en el ámbito de sus competencias.

Los recursos de los fondos complementarios previsionales cerrados cuya administración asuma el IESS a través de su banco, conservarán su objeto y fines, manteniendo el manejo de cuentas individuales independientes y separadas del patrimonio del BIES y de los demás fondos que administre.

Cuando las auditorías dispuestas en el Código Monetario y Financiero determinen la existencia de excedentes, éstos se destinarán a las cuentas individuales de cada fondo, de manera proporcional al tiempo y los valores de aportación de los partícipes.
El proyecto será enviado a la Función Ejecutiva para la sanción u objeción en los plazos previstos en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función Legislativa.


PV

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador