Crédito para migrantes es una realidad en Código Monetario: Linda Machuca

Lunes, 21 de julio del 2014 - 10:15 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Crédito para migrantes es una realidad en Código Monetario: Linda Machuca

La asambleísta Linda Machuca destacó la actitud de la Comisión de Régimen Económico de acoger su propuesta que “promueve el acceso al crédito de personas en movilidad humana, con discapacidad, jóvenes, madres solteras y otras personas pertenecientes a los grupos de atención prioritaria”, lo que consta en el artículo 3, numeral 10, del Código Monetario y Financiero.

La Coordinadora del Grupo Parlamentario por los derechos de las Personas en Movilidad Humana recordó que, precisamente, puso el tema a consideración del organismo legislativo así como del  Pleno, durante las fases de socialización y primer debate de la normativa, un articulado encaminado a garantizar el acceso al crédito para los ciudadanos en movilidad humana, con especial atención a los migrantes retornados.

En sus intervenciones, subrayó que “es hora de reivindicar a quienes fueron expulsados del país por la crisis económica y bancaria de finales de los años noventa, sobre todo porque quienes regresan al país se enfrentan a trabas y requisitos que pone la banca y dificultan el acceso al crédito productivo o de emprendimiento de nuestros compatriotas migrantes retornados que, inclusive, han enviado remesas por tantos años y han mantenido el sistema financiero del país.”   

Comentó que la propuesta incluye, también, a las personas que forman parte del grupo de atención prioritaria, así definido por la Constitución de la República del Ecuador, en el cual se incorpora a las personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas y mujeres embarazadas.

Adicionalmente, en el artículo 14, numeral 11 del Código, relativo a las funciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en su literal g) se dispone como tarea de la Junta: generar incentivos a las instituciones del sistema financiero por la creación de productos orientados a promover y facilitar la inclusión económica de  grupos de atención prioritaria, tales como las personas en movilidad humana, con discapacidad, jóvenes y madres solteras.”

Enfatizó que su planteamiento nació de los encuentros y al compartir vivencias de los propios migrantes retornados, pues aunque actualmente existen algunas iniciativas desde el sector público para ofrecer acceso al crédito a las personas migrantes retornadas, no son suficientes. Por ello, al incluirse en la ley, se garantiza la permanencia de este derecho y se señala el deber del sistema financiero nacional de otorgar crédito a este grupo de la población, a fin que se concrete su reinserción económica.

Indicó que varios de los aspectos más importantes del código son: prohibir el congelamiento de fondos de los depositantes; la creación de la Junta de Política Monetaria y Financiera, que regulará de forma consistente a todas las entidades financieras con la finalidad de garantizar los derechos de los usuarios del sistema financiero; y, la implementación de mecanismos de protección para los clientes de las entidades que llegaran a tener problemas.

MG/eg

 

 

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