La asambleísta Mónica Salazar, representante de la provincia de Los Ríos, presentó el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Transparencia Social, orientado a fortalecer la verificación de la información de las organizaciones sociales sin fines de lucro cuando existan datos no coincidentes entre registros o sistemas públicos.
La legisladora explicó que se busca ordenar y transparentar la información de las organizaciones sin fines de lucro para evitar contradicciones entre su naturaleza jurídica y las actividades que realizan. “Los ecuatorianos tienen el derecho a conocer cómo funcionan estas entidades y si sus actividades corresponden realmente a fines sociales o generan ganancias”, enfatizó.
La iniciativa establece una secuencia de verificación previa a que esta información sea utilizada como fundamento de una actuación o decisión administrativa. Para ello, plantea comprobar la fuente, exactitud, integridad y vigencia de los datos, considerando que una misma organización puede constar en diferentes registros para finalidades institucionales distintas, como constitución y registro, tributación, control financiero, estadísticas o actividades sectoriales.
En caso de identificarse una falta de coincidencia, la autoridad deberá solicitar la confirmación de la información a las entidades públicas responsables, que contarán con un término de 10 días para responder. Asimismo, deberá dejar constancia de las fuentes consultadas y del resultado de la verificación. Cuando corresponda la participación de la organización, esta será informada sobre los datos, las fuentes y la finalidad de la actuación y tendrá 10 días para aclarar.
La propuesta determina que una diferencia entre registros no podrá ser considerada, por sí sola, una infracción, prueba de incumplimiento o presunción de responsabilidad. También dispone que las entidades públicas deberán corregir los errores, omisiones o datos desactualizados que estén bajo su responsabilidad, sin eximir a las organizaciones de garantizar la veracidad de la información que les corresponde.
El proyecto aclara, además, que las clasificaciones administrativas, tributarias, financieras, estadísticas o sectoriales tienen efectos exclusivamente dentro del régimen que las establece y no modifican la naturaleza jurídica de una organización. El uso de datos no confirmados únicamente podrá realizarse cuando hayan sido comprobados por otros medios legalmente admisibles y exista constancia de dicha verificación.
La reforma no crea nuevas potestades de supervisión, control, intervención o sanción, ni establece nuevas infracciones, trámites, registros, plataformas o entidades públicas. Su objetivo es que las actuaciones y decisiones se sustenten en información verificada y se desarrollen dentro de las competencias establecidas en la Constitución y la ley.
JC
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