Ejecutivo remite a la Asamblea Nacional proyecto de Ley de Protección e Inmunidad para la Comisión de la Verdad

Viernes, 25 de septiembre del 2009 - 14:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con la finalidad de ofrecer las garantías pertinentes a los miembros de la Comisión de la Verdad, establecida para investigar los casos de violaciones a los Derechos Humanos, ocurridos en el período comprendido entre 1984 y 1988, el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional un proyecto de Ley de protección e Inmunidad para la Comisión de la Verdad, que contiene seis artículos y una disposición final.

El Jefe de Estado manifiesta que en este período se denunciaron torturas, desapariciones, ejecuciones extrajudiciales y otros delitos graves y atentatorios a los derechos humanos, como parte de una política de Estado, mismos que deben ser esclarecidos, tomando en cuenta que la Constitución prohíbe las penas crueles, el trato inhumano, degradante o que implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral, y en esta línea se creó la Comisión de la Verdad como organismo idóneo para esclarecer estos hechos.

Por tal motivo, dice el presidente Rafael Correa, el Estado debe ofrecer a sus miembros las garantías correspondientes, que impidan persecuciones políticas o de cualquier tipo en su contra, derivada de las altas misiones encomendadas. En este marco, es necesaria la expedición de una ley al respecto.

El proyecto determina que los miembros de la Comisión de la Verdad gozan de inmunidad penal y administrativa por las conclusiones, recomendaciones, análisis y develamiento de las circunstancias constantes en su informe final y cualquier otro documento hecho público por esta.

Se consideran para estos efectos miembros de la Comisión de la Verdad a todos quienes hayan participado en este proceso investigativo, sea directa o indirectamente.

La Comisión de la Verdad podrá mantener en absoluta reserva toda la información que haya logrado documentar, así como la identidad de sus testigos y colaboradores hasta que sean puestos a consideración de las autoridades pertinentes. En caso de considerarlo necesario, antes o después de la presentación de su informe final, requerirá a la Fiscalía se acoja dentro de su programa de protección a víctimas y testigos, a sus miembros o aquellas personas que hayan contribuido dentro del proceso de investigación realizado por la Comisión, siempre que se considere que su seguridad pueda estar en riesgo.

Frente a este requerimiento, el programa de protección de víctimas y testigos de la Fiscalía estará en la obligación de atender favorablemente y en forma inmediata. Dichas medidas subsistirán mientras existan los factores que las motivaron.

Según la propuesta, todos los aspectos relativos al procedimiento de protección, se mantendrán bajo estricta reserva, obedeciendo al principio de confidencialidad, obligación que deberá ser cumplida por todas las instituciones involucradas en el otorgamiento de la protección.

JLVN/pv

 

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