En el marco de la sesión 10 del Pleno de
Igualmente, el informe destaca que se ha consensuado en que la participación se extienda a todas las instancias, en procura de que ningún ciudadano o colectivo esté fuera del ejercicio del derecho a exponer en forma verbal o escrita sus ideas sobre esta temática.
El organismo parlamentario discutió y aprobó el informe en el curso de múltiples sesiones celebradas durante los meses de agosto y septiembre, dando un amplio espacio para la socialización con los diversos sectores de la sociedad civil, tomando en cuenta también los aportes y comentarios de los asambleístas. El proyecto, que contiene 103 artículos y una disposición general, será debatido por el Pleno en la sesión convocada para este miércoles 7 de octubre, a partir de las 08H30.
Se determina como objeto de la ley propiciar y garantizar el ejercicio de los derechos de participación ciudadana y de organización colectiva autónoma; instituye instancias, mecanismos y procedimientos de deliberación pública entre el Estado y la sociedad, garantiza la vigencia de formas de gestión abiertas a la incidencia de la ciudadanía, así como iniciativas de rendición de cuentas y control social, y sienta las bases para el funcionamiento de la democracia participativa.
Se reconoce el ámbito nacional para la aplicación de la ley y reconoce como sujetos de los derechos de participación ciudadana a todos los individuos, colectivos, movimientos, asociaciones, sindicatos, comunidades, pueblos, nacionalidades, barrios, comunas y demás formas de organización que puedan promover libremente las personas en el Ecuador o ecuatorianos residentes en el exterior.
El ejercicio de los derechos de participación ciudadana y a la organización social se regirá, además de los principios generales establecidos en
La normativa regula, entre otros temas, el ejercicio de los derechos de participación democrática, que incluyen la iniciativa popular para la formulación de leyes, la consulta popular, la reforma de
EG/pv