Informe de proyecto de Ley de Registro de Datos, de todas las instituciones públicas, se aprobará el lunes

Miércoles, 16 de septiembre del 2009 - 15:54 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión Especializada de Régimen Económico y Tributario conocerá y aprobará el próximo lunes el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica del Sistema Nacional del Registro de Datos Públicos, que garantizará los derechos constitucionales a la protección del registro de datos de carácter personal y al libre acceso a la información generada en entidades públicas o en las privadas que realicen funciones públicas.

El contenido del proyecto tuvo una modificación sustancial en relación a la propuesta inicial, como resultado del análisis y observaciones que recogió la subcomisión integrada por los asambleístas Juan Carlos Cassinelli y Betty Amores, quienes presentaron en el seno de la Comisión Especializada el articulado correspondiente.

Hasta las 12h00 de este viernes se recogerán otras observaciones y el lunes 21, a las 15h00, sesionará el pleno de la Comisión Especializada para la votación sobre el informe para primer debate.

La subcomisión precisó que “la presente Ley es de naturaleza orgánica y regula el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales relacionados con los datos públicos de obligatorio registro y protección”.

Respecto al ámbito de aplicación señala que rige para todas las instituciones y organismos que manejan bases o registros de datos públicos y para sus usuarios. Es decir Registro Civil, Registro de la Propiedad, Registro Mercantil y otros.

Entre los principios del cuerpo legal constan la obligatoriedad, responsabilidad de la información, acccesibilidad, presunción de legalidad,  rectificabilidad, derecho de petición, prioridad, valor probatorio y tratamiento electrónico.

Como mecanismo para cumplir los objetivos se crea el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos que funcionará con autonomía financiera, administrativa y legal. Estará integrado por el Consejo Consultivo, Superintendencia de Registro de Datos Públicos, Dependencias regionales o provinciales de Registro y oficinas de registro cantonal.

AM/pv

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