Las primeras disposiciones que se aplicarán son las reformas al Código de la Función Judicial
A partir de la publicación del Código Orgánico Integral Penal en el Registro Oficial, entrarán en vigencia aquellas disposiciones que reforman el Código de la Función Judicial, tomándose en consideración que tales reformas son indispensables para el correcto funcionamiento del sistema de administración de justicia y no ameritan dilación alguna. Es decir, inmediatamente entrarán en vigencia aspectos inherentes a las audiencias, sanción de defensores que no acudan a ellas, el Sistema Único de Coordinación de Audiencias y Diligencias, competencias de los jueces y juezas de garantías penales. Segundo momento
En un segundo momento, seis meses después de la publicación el Registro Oficial, es decir en 180 días, entrará en vigencia el resto del contenido del Código, aproximadamente el 95 por ciento.
Durante este tiempo, el Consejo de la Judicatura asignará los recursos humanos y económicos para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Código Orgánico Integral Penal.
Los procesos en trámite seguirán sustanciándose de acuerdo con el procedimiento penal anterior hasta su conclusión. En 90 días, se dará inicio al proceso de evaluación médica a las personas privadas de la libertad.
En 60 días, la Fiscalía dictará los reglamentos del sistema nacional de protección y asistencia de víctimas y testigos; en 150 días, (cinco meses) el Consejo de la Judicatura implementará los centros de mediación para adolescentes.
En noventa días el presidente de la República dictará el Reglamento para el Sistema Nacional de Rehabilitación Social; la Agencia Nacional de Regulación y Control de Tránsito dictará la respectiva normativa; en 50 días, el Ministerio de Justicia dictará la reglamentación para la reubicación de las y los niños que se encuentran en los centros de privación de libertad.
Las instituciones relacionadas con la justicia iniciarán un proceso de capacitación de los juzgadores, fiscales, personal de la Policía Nacional y servidores públicos. En 180 días se efectuará un proceso de acreditación de peritos especializados en cada una de las ramas de la salud.
Esto, según la disposición final del proyecto en referencia, relacionada con los plazos para su vigencia y determina que “el Código Integral Penal entrará en vigencia en ciento ochenta días contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, con excepción de las disposiciones reformatorias al Código Orgánico de la Función Judicial, que entrarán en vigencia a partir de la publicación de este Código en el Registro Oficial”.