Asamblea apoya la lucha conjunta contra la impunidad

Jueves, 25 de noviembre del 2010 - 20:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Asamblea Nacional, en su oportunidad, aportó con reformas legales muy precisas en la lucha que el Ecuador en su conjunto lleva adelante contra la impunidad y por la sanción al delito.

Luego de realizar consultas a los diversos actores sociales e instituciones vinculadas al sistema penal, se aprobó la Ley Reformatoria al Código Penal y al Código Procesal Penal, que incluye varios mecanismos para impedir que la violencia y el delito se oculten.

Es así como se dispuso la obligación de policías y fiscales de recabar información sobre los antecedentes penales de las personas procesadas, mediante el registro de detenciones, con lo que evitó que los procesados con antecedentes se beneficien de la sustitución de prisión preventiva.

La ley tipifica la venta de cosas robadas y se sanciona con reclusión menor ordinaria de tres a seis años y multa de seis a dieciséis dólares de los Estados Unidos de América, quien oculte, custodie, guarde, transporte, venda o transfiera la tenencia, en todo o en parte, los bienes, cosas o semovientes, producto del robo o hurto, o cuya procedencia legal no pueda probarse.

También se incorporan normas para evitar la impunidad en los tradicionales delitos contra la propiedad. Para ello, se redujo de tres remuneraciones básicas unificadas de los trabajadores (720 dólares) al equivalente al 50% de una remuneración (120 dólares) el monto para considerar como delito al robo y al hurto.

Sanciona con multa de 14 dólares a veintiocho dólares y prisión de cinco a treinta días el hurto, siempre que el valor de las cosas robadas no supere el cincuenta por ciento de una remuneración básica unificada del trabajador en general (USD 120).

Se incorporó en el Código Penal como agravante al homicidio el asesinato a agentes de la fuerza pública, agentes fiscales o jueces, a fin de proteger su posición jurídica en la investigación y sanción del crimen.

Con el propósito de dar mayor celeridad en el desarrollo de los juicios se eliminó la posibilidad de apelar el auto de llamamiento a juicio, de modo que los operadores de justicia no sean envueltos en verdaderos laberintos judiciales.

También prevé herramientas para promover la eficiencia del sistema procesal penal. Para ello, se creó un sistema de control de asistencias a las audiencias y se ordenó la realización de una auditoría externa a nivel nacional, para determinar la eficiencia de jueces y tribunales penales.

Todas estas decisiones se las tomó considerando que el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, y que las normas procesales deben consagrar los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal y hacer efectivas las garantías del debido proceso

De este modo, la Asamblea Nacional dio una respuesta en materia penal a las demandas de distintos sectores sobre aspectos puntuales de la legislación, a pesar de que el combate de la delincuencia es un tema complejo que supone la actuación eficiente y coordinada de todos los actores involucrados.

PV

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