Comisión de Biodiversidad tramitará proyecto de reformas a la Ley de Gestión Ambiental

Lunes, 31 de enero del 2011 - 18:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) resolvió que la Comisión de Biodiversidad, presidida por la asambleísta Rosana Alvarado, se encargue del tratamiento del proyecto de reformas a la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, enviado por el Ejecutivo con el carácter de ordinario, a través del cual propone modificar el artículo 46, a fin de que a más de las sanciones previstas en la ley, se incluyan medidas administrativas orientadas a proteger el patrimonio ambiental.

En este marco, plantea que cuando los particulares, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará, sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley, las siguientes medidas administrativas: decomiso de las especies de la flora y fauna obtenidas ilegalmente; retención y destrucción de las maquinarias y los implementos utilizados para cometer la infracción establecida en la Ley u otros cuerpos legales o reglamentarios de carácter ambiental.

También exigirá la regulación de las autorizaciones, permisos, estudios y evaluaciones, así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de 30 días.

El Mandatario, enfatiza que para defender los derechos de la naturaleza, establecidos en la Constitución, se requiere de una herramienta legal, eficaz y determinante, que permita poner fin a las actividades altamente impactantes desarrolladas de una manera inadecuada, mismas que durante décadas han causado daños al patrimonio natural del país y han creado profundos pasivos ambientales de larga y difícil reparación.

Rosana Alvarado señaló que de conformidad con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la comisión socializará la reforma con los sectores interesados y para ello sus integrantes aprobarán una agenda y cronograma para presenten sus aportes a la modificación del artículo 46 de la Ley de Gestión Ambiental e iniciarán los debates internos, sistematizará las observaciones y sugerencias, y, elaborará una matriz general, así como el informe para primer debate.

 

JLVN/pv

 

 

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