Comisión de Régimen Económico convoca a la Superintendenta de Bancos y Seguros

Lunes, 13 de diciembre del 2010 - 20:10 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El asambleísta Francisco Velasco, presidente de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, convocó para este martes a las 12h10 a la superintendenta de Bancos y Seguros, Gloria Sabando García, en el tema de los informes técnicos y jurídicos que la Dirección Nacional de entidades financieras en liquidación y de la Intendencia Nacional Jurídica, respectivamente, debieron emitir en cumplimiento de la resolución de la Junta Bancaria referente a la conclusión de los procesos de liquidación forzosa.

Además sobre las resoluciones mediante las cuales la Superintendencia de Bancos declaró concluido el proceso liquidatorio y la existencia legal de las entidades, entre las que constan: Banco del Progreso, Popular, de Préstamos, Filanbanco, Filancorp, Occidente, Unión, Solbanco, Bancomex, Azuay y Tungurahua.

La Comisión tramita este tema luego de la resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL) dictada el 11 de agosto de 2010, sobre la documentación presentada por el asambleísta Rolando Panchana Farra, relacionada con la entrega incompleta de la información solicitada a la referida funcionaria el 15 de julio de 2010.

Gloria Sabando además de las preguntas del asambleísta Rolando Panchana, también respondió  ocho consultas de Viviana Bonilla, diez de Vanessa Fajardo, seis de Sylvia Kon y once de Juan Carlos Cassinelli.

La Comisión de Régimen Económico luego de la primera comparecencia de la Superintendenta de Bancos y Seguros suspendió la sesión y dispuso que se entregue copia de la documentación presentada por la funcionaria a cada asambleísta, así como la grabación de audio de la exposición verbal, a fin de que evalúen si ha respondido o no las preguntas planteadas.

Esta vez, la Comisión continuará con la sesión No. 64, donde se determinaría si la Superintendenta satisfizo o no las inquietudes formuladas por los asambleístas, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

AM/pv

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