Ejecutivo remite proyecto de reformas que aclara el destino de bienes incautados por narcotráfico

Miércoles, 20 de julio del 2011 - 16:47 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, remitió a la Asamblea un proyecto de reformas a la Disposición Transitoria Única de la Ley de Prevención, Detención y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, que tiene por objetivo determinar la forma en la que se procederá con los bienes muebles e inmuebles que sean objeto de medidas cautelares, en los procesos que se siguen por los delitos a los que se refiere dicha Ley, una vez que exista sentencia condenatoria.

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Correa indica que en la Disposición Transitoria Única se establece un régimen temporal, según el cual los bienes que hubieran estado bajo administración temporal del Consejo Nacional Contra el Lavado de Activos y aquellos que en adelante sean objeto de medidas cautelares dictadas dentro de procesos penales por lavado de activos o financiamiento de delitos, quedarán bajo custodia y resguardo del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en calidad de mero depositario, hasta que los mismos sean entregados, en un plazo máximo de 180 días, a la institución pública especializada que sea creada para administrarlos.

El Consep, al ser un mero tenedor y no administrador de los bienes, en la práctica se han presentado dificultades operativas, por ello, dijo, es necesario implementar una reforma que determine cómo se procederá con los bienes, tanto muebles como inmuebles, sobre los que pesan medidas cautelares cuyos procesos judiciales aún no se han resuelto; y, los bienes cuyos propietarios ya han recibido sentencia condenatoria ejecutoriada, a efectos de que su dominio sea transferido definitivamente al Estado.

En este marco, la modificación se orienta a que los bienes sean administrados y conservados por el CONSEP, hasta que exista sentencia condenatoria y, una vez que ésta sea expedida y cause ejecutoria, se transfieran definitivamente a la institución encargada de la Administración y Gestión Inmobiliaria del Estado, creada mediante Decreto Ejecutivo No. 1479, publicado en el Registro Oficial 495 de 24 de diciembre de 2008.

Cuando exista auto de sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria, el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, procederá a la devolución de los bienes a su propietario.

La propuesta establece que los bienes perecibles podrán ser vendidos por el CONSEP, antes de que se dicte sentencia definitiva dentro de los respectivos juicios penales, de acuerdo con el reglamento que expedirá el Consejo Directivo de este organismo. El producto de dicha venta será transferido al Presupuesto General del Estado, de conformidad con la normativa del Sistema de Administración Financiera del Sector Público.

JLVN/eg

 

 

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