Pleno aprobó el Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económico No. 46, entre Cuba y Ecuador

Jueves, 16 de diciembre del 2010 - 18:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno, con 71 votos, aprobó el Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 46, celebrado entre las repúblicas de Cuba y Ecuador, tomando en cuenta que promueve el desarrollo comercial de nuestro país, al posibilitar la exportación de más y nuevos productos que demanda el mercado cubano y se beneficia de la aplicación de tecnologías que brinda Cuba, en ciertas áreas del conocimiento humano.

La Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral sugirió a los asambleístas aprobar dicho instrumento internacional, puesto que reúne los requisitos establecidos en la Carta Suprema y cuenta con dictamen previo vinculante de constitucionalidad emitido por la Corte Constitucional.

En su informe, el organismo legislativo establece que este acuerdo se enmarca en lo establecido en el artículo 416 de la Constitución, que reconoce como una necesidad la integración latinoamericana, con respeto a los principios de independencia e igualdad jurídica de los estados, promueve la conformación de un orden global multipolar con la participación activa de bloques económicos y políticos regionales e impulsa prioritariamente la integración política, cultural y económica de la región andina, de América del Sur y Latinoamérica.

El convenio, que fue suscrito el 10 de marzo de 2010, en Montevideo, se compone de 11 artículos por los cuales se realizan modificaciones jurídicas al Primer Protocolo Adicional sobre esta materia y sus anexos.

A través de este Acuerdo Complementario se incorporan normas comunes, basadas en Sistema Multilateral de Comercio y un fuerte componente de cooperación bilateral, medidas sanitarias y fitosanitarias, procedimientos aduaneros y facilitación de comercio. También la creación de comités especializados en reglas de origen, obstáculos técnicos al comercio y cooperación cultural; y, se determinan las facultades de dichos comités.

JLVN/eg

 

 

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