Presentan proyecto que establece mecanismo nacional de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Martes, 19 de julio del 2011 - 21:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El asambleísta nacional, Pedro de la Cruz, presentó un proyecto de Ley Orgánica para la Aplicación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en los lugares de privación de libertad.

 

La propuesta crea el Mecanismo Nacional de Prevención, que protege a las personas sometidas a cualquier forma de privación de libertad. Será un órgano imparcial e independiente de cualquier función del Estado.

Intervendrá en todos los lugares de privación de libertad, centros de detención provisional y de prisión preventiva, prisiones para reclusos cumpliendo condenas, centros para adolescentes infractores, centros de inmigración, zonas de tránsito en los aeropuertos internacionales, centros para solicitantes de asilo, instituciones psiquiátricas, establecimiento de internamiento para personas con adicción, lugares de detención administrativa, albergues o cualquier otro lugar donde las personas se encuentren privadas de su libertad, sean estables o móviles, refugios, oficiales o clandestinos.

El cuerpo legal, que contiene 35 artículos, dos disposiciones generales y cuatro transitorias, determina que el Consejo de Participación Ciudadana será el encargado de integrar una veeduría con la participación ciudadana, para que sea la encargada de vigilar el cumplimiento del mecanismo nacional, en el que debe observarse la transparencia, objetividad de esta ley.

El Comité Nacional de Prevención de la Tortura creará los comités regionales, de acuerdo con los principios y criterios establecidos en esta ley y su reglamento. Elaborará informes y recomendaciones a las autoridades competentes para hacer conocer la situación de los lugares de privación de libertad, las condiciones de vida de las personas privadas de libertad, del quehacer administrativo de estos lugares, para mejorar el trato, prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de acuerdo con la Constitución de la República, así como los instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador.

JLVN/eg

 

 

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