Próximo jueves se debatirá reforma al Código de la Función Judicial

Martes, 13 de septiembre del 2011 - 17:31 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Para el jueves 15 de septiembre, a las 15h30, el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, convocó a la sesión No. 124 del Pleno, a fin de tratar en segundo debate el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de la Función Judicial y la objeción parcial del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Propiedad Horizontal.

 

El informe del proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Función Judicial, preparado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, contiene una modificación puntual relacionada con las prácticas pre profesionales que deben cumplir las y los estudiantes egresados de las Facultades de Derecho, Ciencias Jurídicas o Jurisprudencia de las universidades del país, requisito que contempla el Código Orgánico de la Función Judicial en el capítulo III del Título VII.

Según la propuesta, los estudiantes egresados o quienes estén cursando los dos últimos años de estudio de las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Jurídicas deberán realizar en forma obligatoria un año de servicio legal a la ciudadanía en la Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado, los órganos jurisdiccionales, consultorios jurídicos gratuitos de las universidades o en los sectores rurales, urbano marginales o en los organismos seccionales que no cuenten con recursos para contratar abogados de planta, o en cualquier institución del sector público, siempre que las prácticas se relacionen con la asistencia legal. Este servicio a la ciudadanía será requisito para el ejercicio profesional, según el reglamento que al afecto dictará el Consejo de la Judicatura.

También prevé que los estudiantes que realicen el año de servicio legal a la ciudadanía no adquieren por ello la calidad de servidoras y servidores de la Función Judicial o servidores públicos, según corresponda;  sin embargo, tendrán derecho a percibir un reconocimiento económico, acorde a la tabla que fijará el Consejo de la Judicatura para las prácticas preprofesionales.

Veto a las reformas de la Ley de Propiedad Horizontal

De igual manera, el Pleno, tratará la objeción parcial del Ejecutivo a la Ley Reformatoria a la Ley de Propiedad Horizontal, sobre la base del informe no vinculante de la Comisión de Justicia, por el cual propone allanarse a la objeción.

El Presidente de la República expresa que los diversos pisos de un edificio, los departamentos o locales en los que se divida cada piso, los departamentos o locales de las casas de un solo piso, así como las casas o villas de los conjuntos residenciales, cuando sean independientes y tengan salida a una vía u otro espacio público directamente o a  un espacio condominial conectado y accesible desde un espacio público, podrán pertenecer a distintos propietarios.

Según la objeción, ninguno de los copropietarios puede hacer obras que signifiquen modificaciones de la estructura resistente, ni hacer aumentos de edificación en ningún sentido, ni horizontal ni vertical.  Para realizar esta clase de obras se necesita la aprobación del 75%o de los copropietarios. Para realizar modificaciones de una fachada, siempre que no implique cambios o afectación a la estructura, se requerirá de la aprobación del 60% de los copropietarios.

RSA/pv

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