Se amplía hasta el 8 de abril estado de excepción para la Asamblea Nacional

Martes, 08 de febrero del 2011 - 17:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, remitió a la Asamblea Nacional el Decreto Ejecutivo 647, a través del cual amplía hasta el 8 de abril el estado de excepción en las instalaciones de la Función Legislativa, en la ciudad de Quito, a fin de garantizar la soberanía nacional, el orden interno y la seguridad ciudadana y humana en todas sus instalaciones y así pueda ejercer a plenitud sus atribuciones y facultades constitucionales y legales,

El mandatario justificó su decisión considerando que algunos integrantes de la Policía Nacional distorsionaron severamente o abandonaron su misión de policías nacionales y por ende sus deberes consagrados en la Constitución y la ley, mediante una subordinación especial. A pesar del proceso intensivo de recomposición institucional del sistema de seguridad de la Legislatura, las secuelas de tal suceso no se han podido superar lo que podría generar gran conmoción interna si es que la Asamblea Nacional no pudiese ejercer a plenitud las atribuciones y facultades que le confiere la normativa constitucional y legal.

Declaró la movilización nacional y militar de las Fuerzas Armadas para garantizar la soberanía nacional, el orden interno y la seguridad ciudadana y humana en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional en la ciudad de Quito.

En este marco, dispuso al Ministro de Defensa Nacional que, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ejecuten un plan de contingencia con la finalidad de que sus efectivos intervengan en la situación producida para garantizar a la Asamblea Nacional las condiciones de seguridad necesarias para que esta función pueda ejercer a plenitud sus atribuciones y facultades constitucionales y legales, así como garantizar la seguridad interna, ciudadana y humana, derechos titulados por la Constitución y deber fundamental del Estado, de los asambleístas, personas de la Asamblea Nacional y ciudadanos y habitantes del Ecuador que acudan y accedan a esa Función del estado en todas sus instalaciones en esta ciudad de Quito.

El período de duración de este estado de excepción es de 60 días a partir de la suscripción del presente decreto ejecutivo (8 de febrero de 2011). El ámbito territorial de aplicación es la ciudad de Quito en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional.

Como se recuerda la Asamblea Nacional fue una de las instituciones afectadas por la insoburdinación policial del 30 de septiembre, cuyos efectos todavía no han podido ser superadas a pesar de los intensivos esfuerzos de recomposición institucional del sistema de seguridad de esta función del Estado desde la fecha del insuceso.


JLVN/pv

 

 

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