“Sí ejercimos nuestra facultad de sancionar a los jueces”: Oswaldo Domínguez

Jueves, 14 de abril del 2011 - 23:44 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la continuación de la sesión 102, el doctor Oswaldo Domínguez, tercer encausado en el juicio político planteado por el asambleísta Mauro Andino, contra los miembros del Consejo de la Judicatura, CJ, al ejercer su derecho a la defensa, enfatizó que sí se establecieron sanciones a los jueces que permitieron que opere la caducidad de la prisión preventiva, dentro de los parámetros establecidos en la Ley.

 

Subrayó que no podían enjuiciar a los empleados judiciales, ya que ello les corresponde a los órganos de la Función Jurisdiccional, lo único que estaba a su alcance era la posibilidad de levantar sumarios administrativos, a fin de determinar el grado de culpabilidad y nada más, al recordar que la destitución procede únicamente luego de tres suspensiones temporales.

El acusado utilizó 45 minutos de las tres horas que le correspondían para defenderse, tiempo en el cual aclaró que en la solicitud de juicio político se debió especificar en qué faltas incurrieron los vocales del CJ, de manera personalizada, con las respectivas pruebas, dado que cada integrante de este organismo debe asumir sus responsabilidades en el ejercicio del cargo.

Manifestó que los concursos para nombrar funcionarios judiciales se desarrollaron con base en un instructivo elaborado por el CJ, de allí que los aspirantes que no alcanzaron el puntaje de 14 sobre 20, fueron eliminados y se nombró a los mejor puntuados.

En lo atinente a la omisión de los vocales, al no sancionar presuntas violaciones legales cometidas por Luis Germán Vásquez Galarza, quien entregó una declaración juramentada de bienes incompleta, precisó que no está dentro de sus competencias saber si ha entregado o no este requisito, en los términos previstos en la ley, ya que esa es una facultad de la Contraloría General del Estado. Por tanto, “no incurrimos en el delito de complicidad, porque no podemos hacer más allá de lo que ley nos permite”.

Sobre la acusación de tráfico de influencias, indicó que no podían detectarlo, ni saber si un funcionario judicial, tomando el nombre de los vocales del CJ buscaba conseguir beneficios personales. No obstante, en el momento que se presentaron pruebas, dispuso al Director Provincial que proceda a la inmediata remoción del cargo de un funcionario que estuvo involucrado en actos de esta naturaleza.


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