PROYECTOS DE LEY PRESENTADOS

Viernes, 26 de abril del 2024 - 10:50 Imprimir

En estos meses de nuestro trabajo en la Asamblea Nacional hemos presentados dos proyectos de ley: 

En febrero de 2024 presentamos el “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL PARA RECATEGORIZAR LAS CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO, FORTALECER LA SEGURIDAD VIAL PREVENTIVA Y REDUCIR LA CARGA PROCESAL EN MATERIA DE TRÁNSITO DENTRO DE LOS JUZGADOS DEL PAÍS”  y en el mes de abril presentamos el PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA PARA LA PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN VIRTUAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR

A continuación les damos a conocer el detalle de cada uno de los proyectos de ley. 

 

1.- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL PARA RECATEGORIZAR LAS CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO, FORTALECER LA SEGURIDAD VIAL PREVENTIVA Y REDUCIR LA CARGA PROCESAL EN MATERIA DE TRÁNSITO DENTRO DE LOS JUZGADOS DEL PAÍS

Con sabiduría, la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, cuyas últimas reformas rigen en el Ecuador a partir del 10 de agosto de 2021, ordenó en su Disposición Transitoria Octogésima Primera que, en el plazo máximo de 180 días, la Asamblea Nacional debió aprobar las reformas al COIP para recategorizar las contravenciones de tránsito, mandato que ha quedado en letra muerta pues estamos por llegar a los 3 años sin que esto se haya cumplido, siendo este, entre otros motivos, la razón de la presentación del presente proyecto de reforma.

En las carreteras de nuestro país a diario existen varios acontecimientos que acarrean, lesionados, daños materiales, pérdidas económicas e inclusive muertes de los usuarios de las vías, esto a pesar de los esfuerzos normativos para prevenir, sancionar e incluso educar y concienciar a los usuarios viales tal y como lo dispone la LOTTTSV; sin embargo, las estadísticas nacionales y la realidad actual no evidencian un cambio sustancial en el comportamiento conductual de los conductores en las vías del territorio nacional.

En este sentido, para abordar esta problemática debemos enfatizar en que los siniestros de tránsito a diferencia de los accidentes, son hechos de carácter causales prevenibles, con enfoque a prevención controlable.

2.- PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA PARA LA PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN VIRTUAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR

La propuesta de Ley tiene como objetivo primordial impulsar la virtualidad en la educación superior ecuatoriana, reconociendo la necesidad imperante de adaptar los sistemas educativos a los desafíos y oportunidades que ha presentado la pandemia del COVID-19. La crisis sanitaria ha transformado profundamente la forma en que concebimos la educación, destacando la importancia de las tecnologías de la información y la comunicación como herramientas fundamentales para garantizar la continuidad de la enseñanza y el acceso equitativo a la misma en todo el territorio nacional.

En este sentido, se hace imperativo promover la creación y consolidación de instituciones de educación superior técnica y tecnológica que operen en modalidad virtual, permitiendo así la expansión de la oferta educativa sin depender necesariamente de instalaciones físicas.

Esto facilitará el acceso a la educación a sectores tradicionalmente excluidos, reduciendo las barreras geográficas, económicas y sociales que limitan la participación en el sistema educativo. La presente reforma de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) busca garantizar los principios de universalidad, equidad, calidad y pertinencia en la formación técnica y tecnológica, reconociendo la diversidad de perfiles y necesidades de los estudiantes ecuatorianos.

Al promover la educación virtual, se fortalecerá la capacidad del país para enfrentar los desafíos del mercado laboral del siglo XXI, fomentando la adquisición de competencias digitales y la adaptabilidad ante los rápidos cambios tecnológicos. Además, esta reforma busca impulsar la innovación educativa y la mejora continua de los procesos de enseñanza y aprendizaje, fomentando el desarrollo de entornos virtuales que garanticen la interacción efectiva entre docentes y estudiantes, así como la evaluación rigurosa de los conocimientos adquiridos.

Se establecerán mecanismos de control y seguimiento para asegurar la calidad y pertinencia de la oferta educativa virtual, así como la protección de los derechos estudiantiles y laborales de quienes participen en ella. Asimismo, se reconoce la importancia de promover la colaboración entre instituciones de educación superior, organismos gubernamentales y actores del sector privado para fortalecer la infraestructura tecnológica y logística necesaria para la implementación exitosa de la educación virtual.

Se fomentará la investigación y la transferencia de conocimiento en el ámbito de la tecnología educativa, contribuyendo así al desarrollo sostenible y al bienestar social de la población ecuatoriana. No podemos dejar de mencionar que la UNESCO apoya a sus Estados Miembros para que diseñen, integren y apliquen políticas y planes eficaces en el ámbito educativo a escala nacional sobre el aprendizaje digital, velando por que las actividades en el terreno respondan a las necesidades de cada país y comunidad, con especial atención a las poblaciones desfavorecidas.

La presente reforma de la LOES representa un paso crucial hacia la construcción de un sistema educativo inclusivo, flexible y orientado hacia el futuro, que garantice el acceso equitativo a la educación superior y promueva el desarrollo integral de la sociedad ecuatoriana en un entorno globalizado y digitalizado. 

Adrián Castro Piedra
Asambleísta por Azuay Acción Democratica Nacional ADN

Asambleísta por la provincia del Azuay

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