Señalé que es correcto la distribución de la tierra improductiva y que no cumpla la función social y ambiental, pero cuestioné la concentración de todos los poderes en la llamada autoridad agraria por parte del gobierno al no permitir la presencia de otros actores sociales que tienen que ver con las políticas agrarias.
Señalé que esta ley es inconstitucional puesto que debió reformarse el Art. 264 que entrega la competencia exclusiva a los GADs sobre el ordenamiento territorial y uso del suelo.
Advertí que el proyecto nada dice respecto a la política extractivista a cielo abierto y gran escala
Finalmente manifesté que la autoridad agraria tiene discrecionalidad para expropiar tierras en todo el país y que los campesinos adjudicados tendrán que pagar por las tierras rurales redistribuídas.