REFORMAS AL COIP (1/3)

Martes, 12 de febrero del 2019 - 18:41 Imprimir

En este sentido, el 5 de febrero de 2019 en sesión de Pleno debatimos las siguientes reformas al COIP:
- LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN:
Recordemos que el Ejecutivo vetó totalmente la Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción en septiembre de 2018, con esto impidió mejorar las condiciones de recuperación de bienes y capitales que provengan de la corrupción.
Pero este Poder del Estado insiste, en que necesario recuperar los bienes y capitales que sean instrumentos o productos de hechos de corrupción, se mantiene como figuras como el Comiso con Condena, Comiso de Terceros y Comiso Ampliado que coadyuven a la recuperación de bienes, sin llegar a una sentencia penal previa, se podrá quitar la propiedad de bienes que hayan sido producto de actos ilícitos.
Se reforma de esta manera el artículo 69 del COIP, de modo que los delitos de cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, testaferrismo y delincuencia organizada además de recibir la pena del comiso, esta se podría ejecutar incluso con cualquier otro bien de propiedad del condenado, por un valor equivalente, tal como ocurre en los bienes que no se encuentren vinculados al delito, tal como ocurre en casos de testaferrismo o lavados de activos.
 

- DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN CONTRA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
El tratamiento, capacitación, programas o cursos, es una forma de cumplir con la pena interpuesta por un juez, son medidas no privativas de libertad, las mismas son contempladas en los artículos 60, 61 y 62 del COIP. Dicha pena no privativa de libertad, tiene como obligación que una persona sentenciada debe someterse a un tratamiento, capacitación por orden de los jueces.
La reforma busca que en todos los casos hasta en los que se prive de la libertad, se obligue a los agresores a cumplir con estos programas de reinserción, capacitación y tratamiento en los delitos cometidos en contra niños, niñas y adolescentes.


- MALTRATO ANIMAL.
Las conductas contra animales no solo constituyen una amenaza a la naturaleza sino también a los valores sociales y derechos básicos de los seres vivos. Recordemos que la Constitución de Montecristí da derechos a la naturaleza y a todo ente que ella co-existe.
En este sentido se conoce de una gran estadística de violencia de todo tipo en contra de los animales, más que todos los que se consideran domésticos, y se busca penalizar o tipificar conductas como lesiones, agresiones señales en contra de animales y elevarlas de categoría de delitos, pero si es posible privar de libertad a quien a mansalva quite la vida de un animal.
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Bairon Valle
Asambleísta por Guayas Otros Movimientos

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social | Visita mi Perfil

 

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