SOCIALIZACIÓN PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TRÁNSITO

Martes, 04 de febrero del 2020 - 00:00 Imprimir

La Policía Nacional conforme lo señala la Constitución tiene como función privativa la protección interna y el mantenimiento del orden público. En tal virtud, y de acuerdo a lo determinado en el Art 1 de la LOTTSV vigente, es obligación del Estado: “…proteger a las personas y bienes que se trasladan de un lugar a otro por la red vial…”; por lo tanto, la competencia imperativa del control de tránsito en la red vial estatal responsabilidad del Estado Central debe recaer sobre la Policía Nacional.

 

El control de la red vial estatal, por parte de la Policía Nacional implica:

- Medidas Preventivas: Control de armas, recuperación de vehículos, personas con ordenes captura, tráfico en todas sus formas.

- Medidas Reactivas: La #PoliciaEcuador actúa de manera flagrante (en el acto).

- Medidas Disuasivas: Mitigación ante una posible amenaza contra la seguridad de las personas.

Finalmente, el proyecto busca cumplir con el principio de #transparencia y probidad en las personas que formen parte de las entidades que controlan el tránsito, se plantea que se sometan anualmente a la realización de evaluaciones.En el Ecuador existen 222 municipios de los cu

Únicamente el 30% han asumido su competencia, dejando a 166 municipios; razón por la cual, este proyecto de Ley plantea que con estos municipios que por diferentes motivos no han asumido la competencia del control del tránsito, la CTE suscriba convenios interinstitucionales para el efecto.

El proyecto plantea que parte del presupuesto de la Policía Nacional como de la CTE, sean las multas impuestas por infracciones de tránsito, por patios de retención, chatarrización y pruebas de alcohocheck, recaudadas en las jurisdicciones donde estas instituciones ejerzan la competencia de control de tránsito.

 

Con el propósito de cumplir con el principio de transparencia y probidad en las personas que formen parte de las entidades que controlan el tránsito, se plantea que se sometan anualmente a la realización de evaluaciones

de desempeño laboral, cognoscitivo, de salud, psicológicas, y a pruebas técnicas de seguridad y confianza.

 

 

En cuanto a capacitación, el proyecto de Ley busca que a través de la Dirección Nacional de Control de Tránsito y Seguridad Vial y la Comisión de Tránsito del Ecuador se forme y se capacite al personal civil especializado para realizar el control del tránsito en sus jurisdicciones.

 

 

César Solórzano
Asambleísta por Napo Partido Sociedad Patriótica

Primer Vicepresidente de la Asamblea Nacional 2019-2021 | Asambleísta por la provincia de Napo | Integrante de la Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control | Partido Sociedad Patriótica

 

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