Régimen Económico analizará esta tarde la objeción a incentivos tributarios

Lunes, 26 de septiembre del 2016 - 00:00 Imprimir

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Virgilio Hernández, convocó a sesión para esta tarde, a las 15:00, con el propósito de analizar la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica de Incentivos Tributarios para Varios Sectores Productivos e Interpretativa del artículo 547 del Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

Señaló que el organismo legislativo tiene 8 días de plazo para emitir un informe no vinculante que permitirá a los parlamentarios tomar una decisión respecto de la propuesta presidencial de modificar los numerales 1 y 2 del artículo 1 y el artículo 2 del proyecto.

Dijo que en el primer caso se clarifica el rol de la red pública de salud en lo que tiene que ver con las empresas de la medicina prepagada; y en el otro caso es una reforma de carácter formal.

La propuesta del Ejecutivo plantea que los empleadores tendrán una deducción adicional del 100% por los gastos de seguros médicos privados y/o medicina prepagada contratados a favor de sus trabajadores, siempre que la cobertura sea para la totalidad de los trabajadores, sin perjuicio de que sea o no por salario neto y que la contratación sea con empresas domiciliadas en el país, con las excepciones, límites y condiciones establecidas en el reglamento.

El numeral 2 del artículo 1, que modifica la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, el Mandatario plantea que otros subsectores del sector agropecuario, pesquero o acuacultor, podrán acogerse a este régimen para su fase de producción, cuando el Presidente de la República, mediante decreto, así lo disponga, siempre que exista el informe sobre el correspondiente impacto fiscal del Servicio de Rentas Internas. Las tarifas serán fijadas mediante decreto ejecutivo, dentro del rango de entre 1% y el 2%. Los contribuyentes de estos subsectores que se encuentren en el Régimen Impositivo Simplificado podrán mantenerse en dicho régimen, siempre que así lo disponga el mencionado decreto.

Los valores pagados por el impuesto a las tierras rurales constituirán crédito tributario para el pago del presente impuesto, así como para las cuotas del régimen simplificado mencionado, conforme a las normas y condiciones establecidas mediante reglamento. Cuando dicho crédito tributario sea mayor al impuesto único o a las cuotas señaladas, podrá ser utilizado hasta por dos ejercicios fiscales siguientes y en ningún caso será sujeto a devolución o reclamo de pago indebido o en exceso.

Dr. Vethowen Chica Arévalo
Asambleísta por Morona Santiago Alianza PAIS

Asambleísta reelecto por la Provincia de Morona Santiago, por el proyecto de la Revolución Ciudadana."Abogado con postgrado en Derecho Penal, Doctor en Jurisprudencia, Dirigente Estudiantil, Dirigente Universitario, Dirigente Gremial, hombre de teoría revolucionaria".

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