Asambleísta María Augusta Calle presentó proyecto de Ley de Tratados Internacionales

Lunes, 18 de enero del 2016 - 12:23 Imprimir

La vicepresidenta de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, María Augusta Calle, presentó el proyecto de Ley Orgánica de Tratados Internacionales, que tiene por objeto regular el procedimiento para la celebración de Tratados Internacionales entre el Ecuador y otros Estados u Organismos Internacionales, conforme a los principios determinados en la Constitución de la República.

En la exposición de motivos, señala que la Constitución otorga rango supralegal a los instrumentos internacionales ratificados por el Estado; no obstante, manifiesta que no todo instrumento internacional puede tener esta jerarquía porque muchas de las declaraciones ni siquiera son suscritas por un representante debidamente acreditado del Gobierno Nacional.

Por ese motivo, de acuerdo con la asambleísta, es indispensable contar con una norma de inferior jerarquía que desarrolle los principios establecidos en la carta magna, aclarando la jerarquía de los diversos tipos de instrumentos internacionales y el grado de posibilidad de generar responsabilidades del Estado a nivel internacional.

En este marco, la normativa pretende establecer los actores, procedimientos y mecanismos que deben estar incluidos en las diferentes etapas de la celebración de tratados internacionales, a la vez que se asigna una jerarquía normativa diferenciada a las distintas clases de instrumentos internacionales dependiendo cuales son los actores que lo celebran, siempre teniendo en cuenta el ordenamiento jurídico dispuesto en la Constitución, los derechos humanos y el Derecho Internacional Público.

El cuerpo legal se aplicará a todas las fases de celebración de un tratado internacional e incluye lo relativo a su aplicación y evaluación, interpretación, enmienda, revisión, nulidad, terminación y suspensión.

Así mismo, se aplicará a los acuerdos o convenios interinstitucionales suscritos por cualquiera de las instituciones que comprende el sector público, conforme a la Constitución, con sus similares de otros estados u otras instituciones o empresas públicas u organismos internacionales, dentro del marco de sus competencias legalmente establecidas.

Mediante la normativa se pretende regular el procedimiento de celebración de tratados internacionales y acuerdos interinstitucionales, determinar las competencias y obligaciones de las instituciones responsables, establecer lineamientos de coordinación entre las entidades públicas responsables, normar los mecanismos de seguimiento y evaluación de aplicación de los tratados y acuerdos y determinar el alcance y los mecanismos de interpretación, enmienda, modificación, nulidad, terminación y suspensión de tratados y acuerdos.

Además busca garantizar el respeto a la soberanía, independencia e igualdad jurídica de los estados; la convivencia pacífica, la autodeterminación de los pueblos; la solución pacífica de controversias; la no injerencia en asuntos internos; la creación de mecanismos de control a las corporaciones multinacionales; el establecimiento de un sistema financiero internacional justo y los demás principios establecidos en la Constitución de la República.

Revise el texto del Proyecto en el siguiente link:

/sites/default/files/private/asambleanacional/filesasambleanacionalnameuid-213/Ley%20de%20Tratados.pdf

María Calle
Asambleísta por Pichincha Alianza PAIS

Socióloga y Comunicadora es su formación profesional. Activista por los derechos humanos y el derecho a la comunicación, luchadora por la soberanía y autodeterminación de los pueblos, la libertad y la just..

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