Primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierra

Martes, 20 de diciembre del 2016 - 00:00 Imprimir

Intervención en el Primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos (Urgente en materia económica

Este proyecto de ley que ha sido debatido y socializado por más de un año con la ciudadanía cuando la Función Ejecutiva propuso que se cumpla con el mandato constitucional sobre la responsabilidad social y ambiental de la propiedad privada.

También sobre la responsabilidad de los gobiernos autónomos descentralizados para establecer mecanismos de eficiencia en su administración dentro de la planificación urbana y rural; y evitar que sus habitantes se vean afectados por los procesos de especulación del suelo.

Muchos esfuerzos legislativos se han dado en materia de ordenamiento territorial, en primer lugar el COOTAD y recientemente la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, uso y gestión del suelo con instancias de regulación y control, además con interés de establecer políticas nacionales y locales sobre el crecimiento de las ciudades y acceso a los servicios básicos.

Esta ley es una herramienta que se complementa con otras legislaciones para permitir que las familias ecuatorianas tengan acceso a una vivienda propia a través de precios justos, y que el mercado de precios se regule por una parte respetando el derecho a la propiedad privada y al usufructo justo como por otra parte el derecho que tenemos todos para ordenar nuestras finanzas ante el Estado y declarar lo que corresponde cuando hemos realizado mejoras a nuestras viviendas para que los municipios recauden lo suficiente para devolver a esos mismos ciudadanos en obras en sus propios barrios.

A diferencia de lo que se ha dicho de esta ley, esta reforma permite por un lado impuestos más justos para pagar tributos de manera técnica, ajustada a la realidad de los ciudadanos y sus esfuerzos por tener una casa y las mejoras que le ha hecho, por los años que ha vivido en ella; por otro lado impide que los especuladores fijen los precios de los mercados del suelo haciendo innaccesible la compra de tierras urbanas o en zonas de expansión.

Es un círculo virtuoso pues se paga lo justo, se promueve que las personas inviertan en sus propios hogares, se aliente la tributación del sector de la construcción de manera técnica, y con los ingresos a los gad municipales éstos tienen recursos para invertir en las ciudades para seguridad, transporte, vialidad, servicios públicos, cultura, ambiente, entre otros.

Quiero referirme en este informe a que la ganancia extraordinaria que está gravada a la venta de bienes inmuebles que nos queda clara como legisladores que no es a la primera venta, es decir a quienes adquirieron el bien antes de la vigencia de esta ley, sin embargo hago la propuesta al Pleno de la Asamblea Nacional y a la Comisión que se aplique de manera inmediata esta ley a las empresas de promoción inmobiliaria y constructoras de bienes inmuebles para su comercialización, pues estas empresas inciden de manera directa en la fijación de los precios en el mercado inmobiliario, y si estas se sujetan desde la vigencia de la ley tendremos mayor oportunidad que los precios sean accesibles a las familias de manera más rápida.

Otra observación que realizo a la Comisión es establecer un plazo para la actualización de los valores del suelo en predios urbanos, en tanto en esta ley le estamos dando al SRI la capacidad de establecer los valores del impuesto si el gad municipal no lo realiza. Ya el COOTAD le obliga a los gobiernos municipales a tener sistemas catastrales actualizados, sin embargo para esta ley específicamente debemos también darles un plazo para que cumplan con esta fundamental obligación y competencia. Considero que el esfuerzo del Estado con la información contenida en SIG Tierras puede ayudar a los municipios a que de manera técnica lo realice en el plazo máximo de dos años.

Finalmente Señora Presidenta y Señores Asambleístas quiero hacer notar a la comisión que si esta ley no rige a la sucesión por causa de muerte, sugiero que se elimine del artículo 4 de este proyecto en el agregado 561.3 de los sujetos pasivos a las sucesiones indivisas.

Marisol Peñafiel
Asambleísta por Imbabura Alianza PAIS

Marisol Peñafiel Montesdeoca, joven imbabureña; líder de juventudes, vinculada a la dirigencia de organismos estudiantiles, barriales, parroquiales y de mujeres; de la niñez y adolescencia; convencida en l..

Facebook - Marisol Peñafiel Facebook - Marisol Peñafiel

E-mail - Marisol Peñafiel

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador