ASAMBLEÍSTA POR ALIANZA PAÍS,Nació en Guayaquil, el 25 de enero de1956, realizó sus estudios universitarios en la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, donde obtuvo el título de Arquitecto, luego..
El asambleísta de PAIS, Octavio Villacreses, rechaza el comunicado emitido por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), en el que se menciona que “el Presidente ecuatoriano Rafael Correa intenta expandir su política de restricciones a la libertad de prensa y de expresión a todos los países de Latinoamérica”.
La Comisión de Asuntos Políticos, Municipales y de la Integración del Parlamento Latinoamericano y el Caribe (PARLATINO), sesionó, ayer viernes 25 de julio, en Panamá donde se planteo una propuesta de Ley Marco de Comunicación, propuesta por el parlamentario ecuatoriano Octavio Villacreses.
En diferentes reuniones para tratar temas de la Comisión de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs).
En El Salvador, durante la Reunión de la Comisión de Parlamentarios Latinoamericanos y del Caribe.
En la reunión, Octavio Villacreses, entregó la Ley Orgánica de Comunicación, recientemente aprobada por la Asamblea Nacional del Ecuador, al Presidente de la Asamblea Legislativa salvadoreña.
Asambleístas del Movimiento País por la provincia del Guayas dimos nuestro total respaldo a la candidata a la alcaldía de Guayaquil Viviana Bonilla.
En lo que se refiere al grado de fortalecimiento institucional de los GAD se observa una gran diferencia, si miramos desde la temporalidad, mientras los municipios tienen una presencia que se origina en la colonia denominados ayuntamientos, funcionales a la dominación como parte de la organización política administrativa; los gobiernos provinciales y más aún las juntas parroquiales responden a tiempos recientes, sin embargo en todos los casos requieren de recursos económicos y un marco legal que clarifique algunos procedimientos para cumplir de mejor manera sus funciones y por tanto consolidarse como instituciones que respondan a las demandas ciudadanas y contribuyan al mejoramiento de las condiciones de vida de la población.
El derecho a un hábitat seguro constituye uno de los elementos necesarios para garantizar el derecho a una vida digna, consta en la normativa internacional de la cual es suscriptor el Estado ecuatoriano; precisamente del artículo 34 de la Carta de la Organización de Estados Americanos y el artículo 25.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Todos estos aspectos fundamentales para alcanzar el buen vivir y concordantes con la finalidad del proceso de descentralización que el Plan Nacional de Descentralización indica: “Impulsar la equidad interterritorial y mejorar la calidad de vida en todos los sectores de la población” (Plan Nacional de Descentralización 2012-2015, 2012).