BOLETÍN DE PRENSA

Viernes, 15 de abril del 2016 - 15:35 Imprimir

 

BOLETÍN DE PRENSA

Quito, 15 de abril del 2016

Opina Asambleísta Larriva:

“MUNICIPIO DEBE LLENARSE DE RAZONES EN DEFENSA DE FUENTES HÍDRICAS”

Interrogado sobre las expresiones del Alcalde Marcelo Cabrera en la Sesión Solemne del 12 de abril, en que reiteró que no permitirá que las fuentes hídricas del agua para Cuenca sean contaminadas por la explotación minera, el asambleísta provincial por el Azuay Oswaldo Larriva destacó la buena predisposición del Alcalde de la siguiente manera: “El Alcalde Cabrera ha dicho en alta voz lo que siente y preocupa a los habitantes del Cantón, esto es, que debemos mantenernos vigilantes porque la explotación minera no cause perjuicio a la calidad del agua que se capta para el sistema de potabilización. Pero esta posición del Alcalde no ha tenido efecto en el desarrollo del proceso administrativo de otorgamiento de las correspondientes licencias ambientales, pues con fecha 6 de noviembre del 2015, mediante Resolución N° 986 del Ministerio del Ambiente ya se otorgó la licencia ambiental para la fase de explotación al proyecto minero Río Blanco, en el que aún no se inician las labores extractivas según información de la Defensoría del Pueblo”.

“El problema es complejo, porque escapa a la jurisdicción municipal la emisión de las licencias ambientales toda vez que, si bien el literal k) del artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, dice que es función del Concejo Municipal regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal, y el tercer inciso del artículo 136 del mismo Código faculta a los gobiernos autónomos descentralizados el otorgamiento de licencias ambientales si estos organismos se han calificado como autoridades ambientales, el quinto inciso del mismo artículo 136 dice que en el caso de proyectos de carácter estratégico, la emisión de la licencia ambiental será responsabilidad de la autoridad nacional ambiental. En el caso de la explotación minera, el tercer inciso del artículo 313 de la Constitución de la República determina que se consideran sectores estratégicos los recursos naturales no renovables, y por esta razón, todo el trámite de otorgamiento de las licencias ambientales para la minería está en manos de la autoridad nacional ambiental”.

Más adelante, dijo que siempre será positivo un pronunciamiento categórico del Concejo Municipal en pleno, “El principio de precaución ambiental debe ser invocado en todos los órdenes, y el Municipio debe llenarse de razones para cuidar las fuentes hídricas del Cantón Cuenca”, dijo el asambleísta, y añadió “Si bien los estudios sobre aguas superficiales que se han contratado con las Universidades locales algo ayudan en esta precaución, solamente habrá certezas cuando se hagan estudios sobre la influencia de las labores extractivas en la calidad de las aguas profundas de la zona de carga hídrica, estudios que solamente pueden realizar instituciones del exterior por la tecnología que se necesita y que no hay en el país”, dijo el asambleísta Oswaldo Larriva. “Vale recordar que hemos solicitado a los señores Concejales del cantón Cuenca un pronunciamiento categórico de parte del Cuerpo Edilicio en el tema que tiene que ver con la defensa de la vida misma”, finalizó el asambleísta Oswaldo Larriva.

Oscar Larriva
Asambleísta por Azuay

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