Betty Jerez interviene en sesión N° 327 de Pleno - Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial

Lunes, 27 de julio del 2015 - 16:46 Imprimir

Betty Maricela Jerez, asambleísta por la provincia de Tungurahua, intervino en la sesión N° 327 de Pleno de la Asamblea Nacional en la cual se trató el primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo. Aquí un extracto de su intervención:

Las personas que pertenecemos a zonas rurales mantenemos la preocupación por el destino de la tierra cuando por fraccionamiento producto de herencias por ejemplo, los gobiernos autónomos descentralizados no saben si exigir el porcentaje de tierra útil destinado a áreas verdes y comunales, esto debido a la poca claridad de la norma y sobre todo, no toma en cuenta que en la zona rural, hay áreas verdes pues los suelos en la gran mayoría se destinan a actividades agrícolas, y dicha entrega causa disminución en el área útil del terreno. Por esta razón, sugiero que en el numeral 5 de la disposición reformatoria primera que realiza reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, específicamente al artículo 424 (porcentaje de área verde, comunal y vías, se elimine la especificidad de suelo rural, y únicamente se diga:

En la división del suelo con fines de urbanización,  a criterio técnico de la municipalidad, se entregará por una sola vez como mínimo el 15% y máximo el 25% calculado del área útil del terreno en calidad de áreas verdes y comunales, de acuerdo con el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial municipal o metropolitano, destinando exclusivamente para áreas verdes al menos el cincuenta por ciento de la superficie entregada.

En el segundo inciso del mismo artículo sugiero hacer una distinción clara entre la prohibición de urbanización del suelo rural, debido a que este, con el fin de asegurar el trabajo para las personas de este sector, y la soberanía alimentaria en el Ecuador, debe destinarse a actividades productivas; y sugiero que se diga expresamente que:

El gobierno autónomo descentralizado municipal o metropolitano no exigirá la entrega de porcentaje de áreas verdes o comunales a los fraccionamientos de suelo rural.

Así también, si bien es cierto que es importante dejar a que los gobiernos autónomos descentralizados vía ordenanza establezcan los requerimientos para que las edificaciones garanticen áreas verdes y comunales, debemos tener cuidado en eliminar la disposición de que los proyectos habitacionales cumplan con los porcentajes de áreas verdes y comunales que establecemos en este artículo.

Finalmente, Cuando hablamos de dotación de servicios públicos, creo que es importante no olvidar la obligación estatal de dotar a las personas de servicios públicos, independientemente que vivan en zonas urbanas y rurales o en zonas rurales de expansión urbana; considero importante redactar de mejor manera el artículo 79 de manera que la dotación de servicios públicos a la población no sea regresiva.   

Betty Maricela Jerez
Asambleísta por Tungurahua Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Tungurahua, integrante de la Comisión Permanente de los Derechos Colectivos Comunitarios y la Interculturalidad..

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