Comisión de Justicia aprueba el informe para Primer Debate del Proyecto de Ley Reformatoria del COIP

Miércoles, 29 de abril del 2015 - 00:00 Imprimir

La mañana de hoy, 29 de abril de 2015, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado desarrolló su sesión 205, y aprobó el informe para Primer Debate del Proyecto de Ley Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Para la elaboración de este informe para primer debate se han realizado 17 comisiones generales con catedráticos, expertos y funcionarios públicos que han aportado a las reformas del COIP.

En el borrador de informe se destacan 7 reformas. El tema principal es la incorporación del tipo penal de falsificación de marcas y piratería lesiva a los derechos de autor. Esta propuesta de reforma fue presentada por el Presidente de la República, Rafael Correa, el pasado 14 de julio de 2014. El Ecuador es miembro de la Organización Mundial de Comercio desde 1996 y como tal debe cumplir ciertas obligaciones en materia de propiedad intelectual y derechos de autor, como es la tipificación de infracciones que sancionen la vulneración de estos derechos. En este caso, la persona que falsifique o lesione los derechos de autor será sancionado con una pena privativa de libertad de 31 a 45 días más multa dependiendo del monto económico que haya lesionado.

También, se reforma el artículo 374 relacionado con las agravantes en infracciones de tránsito incluyendo que la persona que conduzca un vehículo a motor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan y ocasione un accidente de tránsito del que solamente resulten daños materiales, será sancionada con el máximo de las penas previstas para la infracción cometida, aumentadas en la mitad.

Por otro lado, se reforma el artículo 581 sobre las formas de conocer la infracción penal; se agrega que los informes de supervisión que efectúan los órganos de control deberán ser remitidos a la Fiscalía y servirán como presupuesto de procedibilidad en los casos de peculado cuando se trate de recursos privados que se encuentren dentro del ámbito de su control.

Adicionalmente, se reforma el artículo 663 sobre conciliación, agregando que no será aplicable en delitos de tránsito que tengan resultado de muerte, ni de lesiones graves que causen incapacidad permanente, pérdida o inutilización de algún órgano.

Luego de la reforma, los delitos contra la integridad sexual y reproductiva y delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar se podrán tramitar por procedimiento directo previsto en el artículo 640.

Además se elimina el numeral 14 del artículo 643 del COIP porque la valoración de los certificados de honorabilidad no constituye por sí misma una regla para el procedimiento especial expedito de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

Finalmente, se cambia la Disposición Reformatoria Décimo Segunda, que reformó el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, sustituyendo la palabra “plazo” por “término”.

Este informe se remitirá a la Secretaría General para conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional.

Si desea escuchar o descargar el audio de la Sesión No. 205 de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado lo puede hacer a través de este link:

Mauro Andino
Asambleísta por Chimborazo Alianza PAIS

Asambleísta por Chimborazo y Presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado

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