Comisión de Salud conoció proyecto que establece la obligación de los clubes de realizar chequeos médicos a los futbolistas profesionales

Miércoles, 04 de septiembre del 2013 - 13:38 Imprimir

Comisión de SaludLa Comisión del Derecho a la Salud conoció el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley del Futbolista que busca implementar la obligación de los clubes de realizar anualmente chequeos médicos preventivos a los futbolistas profesionales.

Estos chequeos incluyen exámenes clínicos, análisis de sangre y orina; reconocimiento médico de competición con monitorización y control de la respuesta de los principales parámetros cardiocirculatorios al esfuerzo; y, una angiotomografía, cuyos resultados deberán hacerse constar en la historia médica deportiva de cada futbolista.

El proyecto prevé que la historia médica deportiva deberá estar suscrita por el médico del club, quien se responsabilizará de que el futbolista se haya realizado todos los exámenes, debiéndose identificar a los facultativos que hayan intervenido en la realización de los exámenes y los lugares donde se realizaron.

Según la propuesta del asambleísta Andrés Páez las historias médicas deportivas de los futbolistas se remitirán a la Federación Ecuatoriana de Fútbol y a la Asociación de Futbolistas del Ecuador al momento de inscribirles. El costo de los exámenes médicos preventivos correrá de cuenta de cada club.

Las mismas obligaciones para los clubes que se relacionen con los chequeos médicos preventivos y la historia médico deportiva regirán para la Federación Ecuatoriana de Fútbol.

Igualmente en la disposición general primera se determina que el Ministerio del Deporte, a través de la máxima autoridad, podrá disponer, cuando lo considere, que los exámenes médicos preventivos previstos para los futbolistas profesionales, se los practique a otros deportistas de otras disciplinas deportivas, lo cual guarda relación con lo previsto en el artículo 110 de la Ley del Deporte.

Andrés Páez en la exposición de motivos argumenta que el mundo ha presenciado con estupor u tristeza el fallecimiento de deportistas durante el cumplimiento de sus actividades. Aquello se ha hecho con el propósito de informar sobre tales acontecimientos y de advertir a los deportistas sobre los peligros que reviste la realización de actividades deportivas cuando no están suficientemente preparados, cuando no han cumplido con exámenes médicos especializados que les permita conocer las reales condiciones físicas en las que se hallan y las medidas que deben adoptar para que la práctica del deporte nos le afecte en su integridad o pueda incluso tener consecuencias fatales.

Además, dijo, se establece la obligación de incluir en la transferencia de un futbolista a otro equipo nacional o a un equipo del extranjero la historia médico deportiva del futbolista y si la transferencia se hiciera a un club del extranjero.

Fuente: Pagina Web de la Asamblea Nacional

Paco Fierro
Asambleísta por Chimborazo Partido Sociedad Patriótica

Crnl. (r) de la FF.AA. Participé de la Gesta Heróica del 21 Enero del 2000. Asambleísta por la Provincia de Chimborazo, ..

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