Con 89 votos a favor la Asamblea aprobó reformas al Código Civil

Martes, 21 de abril del 2015 - 00:00 Imprimir

Con 89 votos a favor aprobó hoy el Pleno de la Asamblea Nacional la Ley Reformatoria al Código Civil que, entre los cambios más importantes, establece que tanto hombres como mujeres deberán tener 18 años para contraer matrimonio o legalizar una unión de hecho, eliminando así la disposición que permitía que los menores de edad se casen con autorización de sus padres o tutores legales.

Según Mauro Andino, asambleísta ponente del proyecto, esta modificación al Código Civil obedece a recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño que considera que el contraer matrimonio a edades muy tempranas coarta las oportunidades de los adolescentes y jóvenes, sobre todo mujeres, y puede vulnerar el principio de libre consentimiento, ya que “el consentimiento no puede ser libre y completo si una de las partes no es suficientemente madura como para tomar una decisión como esa”.

Otra importante innovación es que esta norma permitirá que los cónyuges decidan, al momento de contraer matrimonio, quién administrará la sociedad conyugal, cambio que también aplica para las parejas que registren su unión de hecho, quienes además podrán autorizar dicha administración mediante instrumento público. Con este cambio, Andino señaló que se busca generar mayores condiciones de igualdad para las mujeres que históricamente estuvieron al margen de la administración del patrimonio generado en su matrimonio o unión de hecho.

Por otro lado, con el fin de garantizar el derecho a la identidad de las niñas, niños y adolescentes, el artículo 31 de esta Ley Reformatoria al Código Civil dispone la irrevocabilidad del reconocimiento voluntario de maternidad o paternidad, cuya investigación o impugnación ahora se debe hacer mediante el  examen comparativo de los patrones de bandas o secuencias de ácido desoxirribonucleico (ADN), integrando así esta prueba científica a la normativa civil.

Además, en su artículo 23 la reforma reconoce la unión de hecho como un estado civil que genera los mismos derechos y obligaciones que que tienen las familias constituidas mediante matrimonio y da  origen a una sociedad de bienes. Según el asambleísta ponente, con esta medida se busca garantizar los derechos de las familias en sus diversos tipos, como lo establece la Constitución.

En relación a las causales de divorcio, aunque inicialmente se había propuesto que se sustituya adulterio por infidelidad, la Comisión decidió no acoger este cambio ya que la definición de infidelidad es muy amplia.

Finalmente, el presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado expresó que la reforma elimina expresiones discriminatorias que existían en el Código Civil en contra de las personas con discapacidad y las mujeres, e incluye disposiciones que garantizan la igualdad de género en los litigios civiles.

Ahora la Comisión de Justicia debe esperar que el Ejecutivo remita, en el plazo de 30 días, su sanción con el allanamiento u objeción parcial o total al informe aprobado por la Asamblea Nacional.

Mauro Andino
Asambleísta por Chimborazo Alianza PAIS

Asambleísta por Chimborazo y Presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado

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