DEFENSORIA DEL PUEBLO RESPONDE A LAS INSTALACIONES DE LOS NUEVOS MEDIDORES DE AGUA

Lunes, 15 de septiembre del 2014 - 11:52 Imprimir

Como Asambleísta por la provincia de Chimborazo, remití al señor Defensor del Pueblo el Oficio N° 097-AN-PF-2013 del 2 de julio del 2013, donde explico la situación de conocimiento general que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado EP-EMAPAR instaló en el año 2013 NUEVOS MEDIDORES de agua en los domicilios de los usuarios del líquido vital de la ciudad de Riobamba, realizando perforaciones en los cerramientos o fachadas de casas y edificios, trabajos que en su mayoría son ejecutados sin planificación ni dirección técnica lo que ha ocasionado filtraciones y/o fugas interiores y exteriores constante de agua que al final se factura al propietario del inmueble; esto, sin considerar los daños causados a las edificaciones patrimoniales.

Por lo expuesto comparto a ustedes, la RESOLUCIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE CHIMBORAZO, RESPUESTA A MI SOLICITUD EN CONJUNTO A OTROS CIUDADANOS.

UNO.- ACEPTAR parcialmente y en los términos enunciados en los considerandos, las peticiones del Ing. Víctor Llanga, Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Chimborazo, del señor Asambleísta por Chimborazo Paco Fierro Oviedo y del señor Isaac Paredes Llongo, en razón de los resultados arrojados por la presente investigación defensorial, determinado que en el proceso de instalación de las nuevas conexiones domiciliarias de agua potable en Riobamba se vulneraron los derechos de participación y consulta, libertad de contratación y acceder a un servicio público de calidad de las/os usuarias/os del sistema de agua potable de Riobamba, por lo que es menester que la EP-EMAPAR tome medidas para la reparación integral de los mismos.

DOS.- RECOMENDAR a la EP-EMAPAR formule, ejecute y evalúe un proceso de difusión, socialización e información dirigido a sus usuarias/os en cuanto a las características, beneficios, garantía, planes de pago y otros aspectos relevantes, así como establezca mecanismos de absolución de sugerencias, reclamos y absolución de consultas e inquietudes de las nuevas conexiones domiciliarias de

agua potable.

TRES.- RECOMENDAR a la EP-EMAPAR que ofrezca a sus usuarias/os las nuevas conexiones domiciliarias de agua potable en vista de la necesidad técnica de dicho cambio para la provisión del servicio en base a la nueva realidad de redes de agua, así como las bondades y otras funcionalidades del equipo. También se reformule el contrato de adhesión respecto a la adquisición de la nueva conexión domiciliaria en el que de manera explícita y clara exprese que el mismo es por adquisición de aquella mas no de contratación del servicio, siempre que este sea preexistente.

CUATRO.-REQUERIR a la EP-EMAPAR que en atención al derecho de sus usuarias/os de acceder a un servicio público de calidad, garanticen la calidad, durabilidad, vida útil de todos los elementos que conforman el Kit de la nueva conexión domiciliaria en base al compromiso adquirido con esta entidad, concediendo cinco años de garantía para los mismos a excepción del aparato de micro-medíción, el mismo que conforme certificación del fabricante tiene vida útil de diez años. Por lo que en el caso de reparaciones o reposiciones de las partes del kit, sea a cargo de la EP-EMAPAR sin costo para sus usuarias/os, para lo cual se formulará, ejecutará y evaluará un proceso integral de intervención y mejoramiento de las nuevas conexiones domiciliarias que así lo ameriten.

CINCO.- REQUERIR a la EP-EMAPAR, dado que la instalación de las nuevas conexiones domiciliarias implicó intervenir en fachadas y paredes de los inmuebles de la ciudad de Riobamba, y en mucho casos han sufrido daños o sus condiciones de reparación no son las adecuadas es pertinente que se formule, ejecute y evalué un amplio programa de reparación de la manipostería de los inmuebles afectados a fin de que en la medida de lo posible se vuelva al estado anterior a la instalación de la conexión domiciliaria.

SEIS.- REQUERIR a la EP-EMAPAR que en los casos que se haya cobrado a sus usuarias/os valores por partes del Kit de la nueva conexión domiciliaria que no se hayan instalado, se efectúe de manera inmediata la respectiva re-facturación y emisión de las respectivas cartas de crédito a favor del usuario.

SIETE.-RECOMENDAR a la EP-EMAPAR que en futuros planes y proyectos globales o sectoriales en Riobamba, respecto al servicio de agua potable y alcantarillado, se garantice de manera adecuada el derecho de participación de las/los habitantes, a fin de que junto con la ciudadanía se tomen ías mejores decisiones y se viabilice el control social de la administración.

OCHO.- DEJAR sin efecto la disposición tercera de la providencia Nro. 1 de la presente causa, de fecha 20 de agosto del 2013, en virtud de que era una disposición provisional hasta que se emita la presente.

NUEVE.- REMITIR a la Contraloría General del Estado copia de este instrumento, a fin de que en el marco de sus competencias, estudie el APU de la conexión domiciliaria Termo-fusión V.D x 1/2” y se pronuncie al respecto tomando en cuenta las observaciones realizadas en la presente.

La EP-EMAPAR presentará a la Defensoría del Pueblo de la ciudad de Riobamba información detallada de la implementación de cada uno de estos procesos a la brevedad posible, con excepción de los requerimientos constantes en los puntos cuatro y cinco, de los cuales se presentará un informe dentro del plazo de seis meses, sin perjuicio de informes parciales que se le requiera o presente por iniciativa propia.

Paco Fierro
Asambleísta por Chimborazo Partido Sociedad Patriótica

Crnl. (r) de la FF.AA. Participé de la Gesta Heróica del 21 Enero del 2000. Asambleísta por la Provincia de Chimborazo, ..

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